{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "548" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "ACTUALIZACION DE COSTO DE SERVICIOS PRESTADOS POR LA DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FUERZAS ARMADAS - SANIDAD MILITAR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1995/01/02/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/12/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/01/1995" 
  ,"vistos" : "       Visto: la gestión realizada por la Dirección Nacional de Sanidad de\r\nlas Fuerzas Armadas tendiente a obtener la actualización de la suma que se\r\nabona por concepto de medicamentos, exámenes de salud y demás servicios\r\nsuministrados por las oficinas dependientes de dicha Dirección Nacional.\r\n\r\n     Considerando: I) que dicha gestión se inició en función de que los\r\ncostos de los medicamentos y de los exámenes en materia de salud han\r\nsufrido un importante incremento, todo lo cual ha ocasionado un aumento en\r\nlos gastos de funcionamiento del Organismo.\r\n\r\n     II) que por otra parte continúa el incremento en la demanda de los\r\nusuarios de los servicios precitados, por lo que corresponde acceder a lo\r\nsolicitado.\r\n\r\n     Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el\r\nartículo 4to. del Decreto Ley 15.675 de 16 de noviembre de 1984, a lo\r\ninformado por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas y al\r\ndictamen favorable de la Asesoría Letrada del Ministerio de la Defensa\r\nNacional.\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/548-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Increméntase a partir del 1ro. de enero de 1995, en un 50% el monto a\r\nabonarse por concepto de medicamentos, exámenes de salud y demás servicios\r\nsuministrados por la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas,\r\nen aplicación de lo dispuesto por el Decreto 198/991 de 9 de abril de\r\n1991, Decreto 393/992 del 18 de agosto de 1992 modificado por el artículo\r\n1ro. del Decreto 578/992 de 24 de noviembre de 1992, Decreto 378/993\r\nde 24 de agosto de 1993 y Decreto 35/993 de 25 de enero de 1993. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/548-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "   La actualización de dichos valores se realizará de acuerdo al sistema\r\nrespectivamente vigente. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/548-1994/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, pase a la Dirección Nacional de Sanidad de las\r\nFuerzas Armadas a sus efectos. Cumplido, archívese. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - RODOLFO GONZALEZ RISSOTTO\r\n " 
 }