{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "548" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "CERTIFICADO ESQUEMA DE VACUNACION\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/11/26/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/11/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/11/1992" 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión promovida para que se proceda a la modificación del\r\ncronograma del Certificado Esquema de Vacunación.\r\n\r\n  Resultando: I) que el mencionado cronograma fue aprobado por Decreto del\r\nPoder Ejecutivo Nº 720/986 de 11 de noviembre de 1986 (Interno Nº\r\n487/986);\r\n\r\n  II) que la finalidad del mismo es fiscalizar la administración de las\r\nvacunas de aplicación obligatoria a que se refiere el Decreto - Ley Nº\r\n15.272 de 4 de mayo de 1982.\r\n\r\n  Considerando: I) que de acuerdo con lo informado por el Departamento de\r\nInmunizaciones de la Dirección Epidemiología, corresponde adecuar el\r\napartado 1º del citado Decreto a los efectos de poner en vigencia las\r\nmodificaciones al cronograma de vacunaciones recomendadas por la Comisión\r\nNacional Asesora de Vacunaciones;\r\n\r\n  II) que la propuesta consiste en agregar al cronograma vigente una dosis\r\nsuplementaria de vacuna S.R.P. a los cinco años de edad a efectos de\r\nprolongar el período de inmunización más allá de los 15 años de edad;\r\n\r\n  III) que esta dosis suplementaria es utilizada en otros países, para\r\ndisminuir lo que se conoce como \"Falla Primaria de la Vacuna\", lo que\r\nsignificaría bajar de un 10% de casos vacunados sin respuesta inmunitaria\r\na menos del 1%;\r\n\r\n  IV) que las actuales condiciones epidemiológicas y conocimientos\r\ntécnicos aconsejan proceder a la adecuación del cronograma de vacunaciones\r\nestablecido oportunamente;\r\n\r\n  V) lo manifestado al respecto por la Dirección General de la Salud del\r\nMinisterio de Salud Pública.\r\n\r\n  Atento: a lo preceptuado por el artículo 2º del Decreto - Ley Nº 15.272\r\nde 4 de mayo de 1982,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/548-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Modifícase el Artículo 1º del Decreto Nº 720/986 de 11 de noviembre de\r\n1986 (Interno Nº 487/986) en lo que tiene relación con Vacuna S.R.P.\r\nprevista en el \"Certificado Esquema de Vacunación\" (C.E.V.) cuyo\r\ncronograma<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> se adjunta y se considera parte integrante del presente\r\nDecreto. \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1992/11/26/8\" target=\"_blank\">Nº 548/992</a> de \r\n10/11/1992.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/548-1992/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/548-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese, etc.-  \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA\r\n " 
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