PARTIDAS PRESUPUESTALES. FUNCIONARIOS DOCENTES. TRANSPORTE TERRESTRE. ENSEÑANZA PUBLICA. FONDO PARA TRASLADO DE DOCENTES. TRANSPORTE COLECTIVO. TRANSPORTE DE PASAJEROS




Promulgación: 07/09/1988
Publicación: 27/09/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 403
Derogada/o por: Decreto Nº 116/993 Derogada/o de 03/03/1993 artículo 48.
    Visto: que por artículo 4º del decreto 223/986 de 23 de abril de
1986, se estableció el procedimiento para el pago de las órdenes de
transporte de docentes emitidas por el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas con cargo al artículo 366 de la ley 15.809 de 8 de
abril de 1986.

 Resultando: I) Que por decreto 319/988 de 13 de abril de 1988 se fijó
el valor del pasajero-kilómetro a efectos del pago de las referidas
órdenes de transporte emitidas por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas;

 II) Que por decreto 363/988 de 11 de mayo de 1988 se facultó al
Ministerio de Transporte y Obras Públicas a conceder a la Dirección
Nacional de Transporte un fondo permanente con cargo a los fondos
autorizados por los artículos 366 de la ley 15.809 y 94 de la ley
15.851.

 Considerando: la conveniencia de modificar la redacción del artículo
4º del decreto 223/986 de 23 de abril de 1986 a efectos de adaptarla a
la normativa vigente.

 Atento: a lo expuesto precedentemente,

                      El Presidente de la República


                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 545/988 de 07/09/1988 artículo 1.
Referencias al artículo

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 545/988 de 07/09/1988 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 545/988 de 07/09/1988 artículo 3.

SANGUINETTI - JORGE SANGUINETTI
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