APROBACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1991. MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL




Promulgación: 04/10/1991
Publicación: 18/03/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
     Visto: que fueron aprobados los Preventivos Anuales de Ingresos y
Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestarios correspondientes al
ejercicio 1991, de las Unidades Ejecutoras 019, "Comando de Flota" del
Programa 003, 024 "Brigada Aérea Nº 1 del Programa 004, 026 "Brigada de
Mantenimiento y Abastecimiento" del Programa 004, 030 "Dirección Nacional
de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica" del Programa 005, 039
"Dirección Nacional de Meteorología" del Programa 009; del Inciso 03
"Ministerio de Defensa Nacional", por decretos del Poder Ejecutivo Nos.
203/991 y 204/991 del 11 de abril de 1991.

     Resultando: que ha sido elevada a la Contaduría General de la Nación,
por la Contaduría General del Inciso mencionado, solicitud para un nuevo
pronunciamiento del Poder Ejecutivo respecto a las modificaciones
introducidas por dichas Unidades Ejecutoras en sus preventivos,
correspondientes a los fondos depositados en las cuentas que se detallan
en el anexo que integra este decreto.

     Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.

     Atento: a lo dispuesto por los artículos 45 y 48 del decreto ley
14.416 de 28 de agosto de 1975, con la redacción dada respectivamente, por
los artículos 45 y 46 de la ley 15.903 de 10 de noviembre de 1987, y a lo
informado por la Contaduría General de la Nación.

     El Presidente de la República,

                                 DECRETA:

Artículo 1

     Apruébanse las modificaciones introducidas en los Preventivos Anuales
de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos Extrapresupuestarios
correspondientes al ejercicio 1991, presentados por las Unidades
Ejecutoras 019 "Comando de Flota" del Programa 003, 024 "Brigada Aérea Nº
1" del Programa 004, 026 "Brigada de Mantenimiento y Abastecimiento" del
Programa 004, 030 "Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
Aeronáutica" del Programa 005, 039 "Dirección Nacional de Meteorología"
del Programa 009, del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", por un
monto total de N$ 4.025:887.820.00 (nuevos pesos cuatro mil veintisiete
millones ochocientos ochenta y siete mil ochocientos veinte), U$S
341.000.00 (trescientos cuarenta y un mil dólares de los Estados Unidos de
América) y O.H.R. 1:880.758.16 (un millón ochocientos ochenta mil
setecientos cincuenta y ocho con dieciséis Obligaciones Hipotecarias
Reajustables), de acuerdo a detalle consignado en anexo adjunto, que
es parte integrante del presente decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (anexo).
Referencias al artículo

Artículo 2

     Dése cuenta a la Asamblea General. 
Referencias al artículo

Artículo 3

     Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y a la Contaduría
General de la Nación; publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - MARIANO R. BRITO
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