TRIBUTOS. DEROGACION IMPUESTOS. ALCANCE




Promulgación: 04/07/1974
Publicación: 12/07/1974
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Declárase que la derogación establecida por el decreto 130/968, dispuesta por el 52 del decreto 39/973, se refiere a los tributos a las sidras, a los vinos finos, artículos de perfumería y tocador y a las cámaras y cubiertas para vehículos automotores. Declárase el alcance del plazo para el pago de impuestos fijados por el decreto 50/973 artículo 4.

Artículo 1



		
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