Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Facúltase a la Dirección de Loterías y Quinielas a disponer de las reservas asignadas en el artículo anterior, distribuyéndolas entre los Agentes designados, de acuerdo a las exigencias del mercado, dando cuenta circunstanciada al Ministerio de Economía y Finanzas.