{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "54" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "TASA CONSULAR AL VALOR CIF. FIJACION DE ALICUOTA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
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    ,"fechaPromulgacion" : "26/01/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/02/2009" 
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  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 308/008, de 24 de junio de 2008.\r\n\r\nRESULTANDO: que mediante el mismo se fijaron las alícuotas de la tasa\r\nconsular que gravan el valor CIF de los bienes importados a partir del 1º\r\nde julio de 2008.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que por el artículo 1º de dicho Decreto se establecieron\r\nlas alícuotas que regirían hasta el 30 de junio de 2009 y hasta el 31 de\r\ndiciembre de 2009, respectivamente.\r\n\r\nII) conveniente mantener una tasa de 2% hasta el 31 de diciembre de 2009.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 37 de la Ley Nº\r\n17.453, de 28 de febrero de 2002.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
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 ,"textoArticulo" : "  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 308/008 de 24/06/2008 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/308-2008/1\" >1</a>.\r\n" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA - GONZALO FERNANDEZ - DANIEL MARTINEZ -ERNESTO AGAZZI \r\n " 
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