En el ejemplar que debe devolver al viticultor el bodeguero deberá
constar:
A) El peso de la uva recibida, discriminando por variedad y comprobado
en el documento de recibo.
B) Grado glucométrico de dicha uva.
C) Fecha de recepción de la uva.
Si el bodeguero se niega a devolver firmado el ejemplar del
certificado-guía en la forma prevista en este artículo, la uva
correspondiente al envío no le será computada como respaldo del vino
elaborado.