Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Prorróganse por el término de un año a partir del 1º de enero de 1974,
las exoneraciones impositivas dispuestas en los Decretos Nos. 679/968, 608/969, 657/970, 33/972, 27/973, 90/973, 390/973 y 563/973, para las importaciones exclusivamente de repuestos y bienes de capital destinados
a la producción e industria arrocera.