CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 46 SERVICIOS GENERALES. SUBGRUPO CONSERJE PORTEROS ENCARGADOS ETC DE EDIFICIOS DE APARTAMENTOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y/O ESCRITORIOS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 9
Establécese que los precios de los bienes y/o servicios de la
actividad privada no podrán ser incrementados en más de un 15% de la incidencia de los salarios en la estructura de cada empresa por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgados por el presente decreto.