CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 46 SERVICIOS GENERALES. SUBGRUPO CONSERJE PORTEROS ENCARGADOS ETC DE EDIFICIOS DE APARTAMENTOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL Y/O ESCRITORIOS




Promulgación: 15/08/1986
Publicación: 19/09/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 6

   Los administrativos estarán obligados a suministrar al personal del edificio a su cargo, copia de los recibos de sueldo y demás prestaciones. En dicho recibo se detallarán los rubros correspondientes a cada categoría.
   Los porcentajes en que se incrementará el salario según el artículo 
2°, se dividirá entre los porteros y/o conserjes que trabajen en el edificio de acuerdo a las tareas que se le asignen en el mismo.
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