PUERTO COMERCIAL DE COLONIA




Promulgación: 03/11/1992
Publicación: 30/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 902
    Visto: estos antecedentes relacionados con la delimitación del recinto
portuario del Puerto Comercial de Colonia.

    Resultando: I) Que dicha zona de delimitación fue realizada conforme
al Plano (H-10020), confeccionado por la Dirección Nacional de Hidrografía
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, con fecha agosto de 1992;

 II) Que la Dirección de Servicios Jurídicos (División Asesoría Letrada)
de la referida secretaría de Estado, no formula observaciones al respecto.

    Considerando: que la presente gestión encuadra en las disposiciones
establecidas por el artículo 5º de la Ley de Puertos 16.246 de fecha 8 de
abril de 1992 y artículo 7º de su decreto reglamentario 412/992 de fecha
1º de setiembre de 1992.

    Atento: a lo dispuesto en las referidas normas legales,

                    El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

    Fíjase la delimitación del recinto portuario del Puerto Comercial de
Colonia, efectuada conforme al Plano H-10020, confeccionado por la
Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, de fecha agosto de 1992; recinto que ocupa los padrones Nos.
1669 (p), 1670 (p), 1671, 7030 y sin empadronar de la 1era. Sección
Judicial del Departamento de Colonia y el resto parte del álveo del Río de
la Plata, teniendo un área total de 51 Hás 9470 m2 que incluye la zona
terrestre con un área de 7 Hás 1362 m2 y la zona marítima con un área de
44 Hás 8108 m2 y cuyos deslindes son los siguientes: al Norte, dos líneas
rectas de 127 m 37 y 79 m 50 lindando con la línea ferroviaria de la
Administración de Ferrocarriles del Estado (padrón Nº 1085), una línea
recta de 14 m 65 lindando con la Ruta Nacional Nº 1 tres líneas rectas de
111 m 96, 21m 26 y 138 m 90 lindando con la estación de la Administración
de Ferrocarriles del Estado (padrón Nº 1669 p); por el Oeste una línea
recta de 53 m 81 lindando con los padrones 1669 (p) y 1670 (p) y una línea
recta de 523 m 40 dentro del álveo del Río de la Plata; por el Sur dos
líneas rectas 426 m 90 y 305 m 10, una línea curva de 73 m 50 de
desarrollo y una línea recta de 294 m 50 dentro del álveo del Río de la
Plata; por el Este una línea recta de 593 m 90 dentro del álveo del Río de
la Plata y cuatro líneas rectas de 4 m 11,20 m 72,3 m 45 y 27 m 30
lindando con el padrón 1672.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI
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