{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "530" 
  ,"anioNorma" : 1988 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LA UNIDAD SECTORIAL DE TRANSPORTE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1988/09/12/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/08/1988" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/09/1988" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1988 
  ,"pagina" : 323 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Fe de erratas publicada/s:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/fe-erratas/SN19880916001-1988/1\" >16/09/1988</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "  Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Transporte tendiente a\r\nactualizar el valor de la Unidad Sectorial de Transporte (U.S.T.) creada\r\npor el \"Reglamento de Límites de Peso para vehículos que circulan por\r\nRutas Nacionales\" aprobado por decreto 326/986, de 25 de junio de 1986.\r\n\r\n Resultando: I) Que en el artículo 4.3 de dicho Reglamento se establece\r\nque el valor de la Unidad Sectorial de Transporte (U.S.T.) se actualizará\r\nanualmente en el mes de enero, conforme a la variación de indicadores\r\nnacionales y sectoriales a propuesta de la Dirección Nacional de\r\nTransporte;\r\n\r\n II) Que a efectos de dar cumplimiento a lo indicado se elaboró una\r\nfórmula paramétrica donde interviene el costo de vida, precio gas-oil,\r\nprecio-neumático y precio dólar, de lo que resulta para el período enero\r\n1988 - enero 1989 un índice ponderado de 60.52% de aumento.\r\n\r\n Considerando: Que la presente fijación del valor de la U.S.T. se\r\nencuentra comprendida en la facultad del Poder Ejecutivo de fijar el monto\r\nde las multas de tránsito.\r\n\r\n Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Transporte y la\r\nAsesoría Letrada del Ministerio de Transporte y Obras Públicas,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/530-1988/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Establécese en N$ 1.540 (nuevos pesos mil quinientos cuarenta) el valor\r\nde la Unidad Sectorial de Transporte (U.S.T.) creada en el \"Reglamento de\r\nLímites de Peso para vehículos que circulan por Rutas Nacionales\" aprobado\r\npor el decreto 326/986, de 25 de junio de 1986.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/530-1988/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Transporte a\r\nsus efectos.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JORGE SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO\r\n " 
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