FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO N° 43 ESPECTACULOS PUBLICOS Y ENTRETENIMIENTOS. SUBGRUPO ACTIVIDADES HIPICAS PERSONAL POR REUNION




Promulgación: 14/09/1987
Publicación: 16/10/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Establécese, con carácter nacional, que los trabajadores comprendidos 
en el subgrupo con períodos trabajados en la empresa o institución a la que pertenecen, en forma discontínua, tendrán derecho a que la licencia anual ordinaria les sea calculada tomando en cuenta dichos períodos efectivamente trabajados, en forma acumulada. 
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