REGULACION DE LOS LIMITES PARA LA EXPOSICION HUMANA EN LOS CAMPOS ELECTROMAGNETICOS




Promulgación: 28/02/2014
Publicación: 12/03/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 238

Artículo 4

 (Glosario)
A los efectos del presente Decreto se entiende por: Campos
Electromagnéticos (CEM): entidad física que transporta o almacena energía
en un espacio libre y que se manifiesta mediante fuerzas ejercidas sobre
cargas eléctricas, que incluyen los campos eléctricos y magnéticos
estáticos así como los campos eléctricos, magnéticos y electromagnéticos
variables en el tiempo con frecuencias no superiores a 300 GHz.
Efecto adverso en la salud: es aquel que causa un deterioro detectable de
la salud de los individuos expuestos, ya sea en el corto o en el mediano
plazo.
Exposición a Campos Electromagnéticos: sometimiento de una persona a un
Campo Eléctrico, Magnético o Electromagnético o a corrientes de contacto
diferentes de aquellas originadas por procesos fisiológicos en el cuerpo y
otros fenómenos naturales.
Exposición ocupacional a Campos Electromagnéticos: toda exposición a los
Campos Electromagnéticos experimentadas por personas durante la ejecución
de su trabajo.
Exposición poblacional a Campos Electromagnéticos: toda exposición a los
Campos Electromagnéticos experimentadas por el público en general,
comprendiendo individuos de todas las edades y de estados de salud
variables. Queda excluida la exposición ocupacional y la exposición
durante procedimientos médicos.
Fuentes: Dispositivos o instalaciones que producen Campos
Electromagnéticos.
Límites de Exposición: límite superior para la exposición humana a los
Campos Electromagnéticos, con el objetivo de proteger contra respuestas
fisiológicas adversas que están causalmente relacionadas a dichos Campos.
Nivel de Referencia: nivel de exposición a los Campos Electromagnéticos,
estipulado para propósitos de la evaluación práctica de la exposición, con
el fin de determinar si las Restricciones Básicas son excedidas.
Radiaciones no ionizantes: radiaciones del Espectro Electromagnético en
frecuencias inferiores a 300 GHz, que no tienen energía suficiente para
ionizar la materia.
Restricciones Básicas: restricciones sobre la exposición a Campos
Eléctricos, Magnéticos y Electromagnéticos que están basadas directamente
sobre efectos en la salud establecidos. Dependiendo del rango de
frecuencia del Campo, las magnitudes físicas usadas para especificar estas
restricciones son: densidad de corriente (J), tasa de absorción específica
(SAR), y densidad de potencia (S).
Vigilancia: Monitoreo de la exposición humana a los Campos
Electromagnéticos o monitoreo de fuentes emisoras de Campos
Electromagnéticos.
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