APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL. EJERCICIO 1996




Promulgación: 31/12/1996
Publicación: 22/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1371
Referencias a toda la norma

Artículo 57

            El Banco elevará a la Oficina de Planeamiento y
 Presupuesto al 30 de setiembre de 1996, la eliminación de vacantes
 generadas entre la fecha de elevación de la presente iniciativa
 presupuestal y el 31 de julio de 1996, debiéndose considerar sus
 importes a los efectos de ajustar los rubros de la mano de obra
 correspondientes. Dicho ajuste se efectuará atendiendo las
 instrucciones que imparta la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
 en la medida que no afecte la capacidad operativa del Banco. De
 resultar necesario el mantenimiento de determinadas vacantes por
 tratarse de cargos absolutamente imprescindibles, se suprimirán
 las partidas equivalentes.
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