APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO DE PREVISION SOCIAL. EJERCICIO 1996




Promulgación: 31/12/1996
Publicación: 22/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1371
Referencias a toda la norma

Artículo 23

            Autorízase  al Banco de Previsión Social a disponer de una
partida presupuestal en el renglón correspondiente a Prestaciones de
Servicios Sociales, de hasta $ 5:329.500.00 (pesos cinco millones
trescientos veintinueve mil quinientos), para el desarrollo de los
cometidos establecidos en los numerales 9), 10), 11) y 12) del artículo
4º de la Ley 15.800, de 17 de enero de 1986.
 Esta partida se ajustará en la misma ocasión y con los mismos criterios
de las adecuaciones presupuestales establecidas en el presente decreto.
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