{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "526" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DEL JUEGO DE PUNTO Y BANCA EN LOS CASINOS DEL ESTADO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/09/27/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/09/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/09/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 430 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: estas actuaciones en las que la Intervención de la Dirección\r\nGeneral de Casinos promueve se disponga la implantación de un Reglamento\r\nactualizado para el juego de Punto y Banca en los Casinos del Estado, a\r\npartir del 1º de noviembre de 1977.\r\n\r\n   Resultando: I) Se fundamenta la gestión en que la reglamentación\r\nvigente del referido juego, que data del año 1960, es incompleta y se ha\r\nvisto superada en muchos aspectos en razón del gran incremento registrado\r\nen su explotación, no habiéndose previsto numerosas situaciones que se\r\nsuscitan en la práctica;\r\n\r\n   II) La mencionada Intervención estima, además, que lo referente a la\r\nguarda, entrega y recepción de los naipes destinados a tal juego, debe\r\nmerecer mayores garantías, entre las que se incluye la intervención\r\ndirecta de funcionarios de jerarquía y de responsabilidad.\r\n\r\n   Considerando: I) Que se estima conveniente renovar la reglamentación\r\nvigente para el juego de Punto y Banca en los Casinos del Estado,\r\nsustituyéndola por normas precisas y claras que comprendan todos los\r\naspectos técnicos y formales del aludido juego;\r\n\r\n   II) Que de tal modo se logrará en la especie la uniformidad\r\nindispensable en todos los Casinos del Estado, una mayor comprensión del\r\njuego por parte del público apostador, y facilitará la explotación\r\nrespectiva y la mejor actuación de los funcionarios intervinientes.\r\n\r\n   Atento: a la fundamentación expuesta, a lo dispuesto por los decretos\r\n574/974 y 575/974 de 12 de julio de 1974 y 25/976 de 15 de enero de 1976 y\r\na lo informado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS MAXIMOS Y MINIMOS<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Las apuestas a Punto y Banca, en lo que a sus máximos y mínimos se\r\nrefiere, serán aquellas que determine, en cada oportunidad y para cada\r\nCasino, el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta fundada de la\r\nDirección General de Casinos.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Sólo se podrá apostar un máximo por persona. Siendo obligatorio el\r\ncumplimiento de esta disposición, la Gerencia de cada establecimiento\r\ntomará todas las medidas necesarias para evitar su violación por parte de\r\nlos apostadores, sin perjuicio de aplicar, en última instancia, lo\r\ndispuesto por el artículo 5 del decreto de fecha 24 de enero de 1961. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/526-1977/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/3" 
 ,"textoArticulo" : "    La única excepción a lo dispuesto en el artículo anterior será en\r\naquellos casos en que el apostador tenga el \"Sabot\". En este caso podrá\r\njugar dos máximos: uno en el \"Sabot\" y otro en su respectivo casillero.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/4" 
 ,"textoArticulo" : "    La Banca es de carácter personal, pero el banquero podrá aceptar un\r\nsocio, lo que será por su cuenta y riesgo, no responsabilizándose las\r\nGerencias, en ningún caso, por las diferencias que pudieren suscitarse\r\nentre los asociados. Las sociedades serán por partes iguales. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/526-1977/5\" >5</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Los excedentes sobre el máximo que produzca el \"Sabot\" a que hace\r\nreferencia el artículo cuarto podrán jugar en los casilleros de los\r\nintegrantes de la sociedad, exclusivamente, hasta completar el máximo\r\nestablecido.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LAS COMISIONES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Los pagos a \"Punto\" no sufrirán descuentos; los pases \"a Banca\", cuando\r\nsean apuestas a casillero o de pie, tendrán una quita del 10%, pase a\r\npase.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Los descuentos al Banquero con \"Sabot\" serán siguientes:\r\n\r\na) Cuando el Banquero inicia su talla con una cantidad superior a la mitad\r\ndel máximo, pagará el 10% de comisión cada dos pases comenzando dicho\r\ndescuento en el primer pase y continuándose luego en los pases impares\r\nsubsiguientes;\r\nb) Cuando el importe sea inferior o equivalente a la mitad del máximo no\r\nsufriría el descuento del 10% en el primer pase, y si en el segundo,\r\ncontinuándose luego en los pases pares subsiguientes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/8" 
 ,"textoArticulo" : "    En caso de que el Banquero diera la \"Suite\" en un pase intermedio, sin\r\ndescuento, pagará comisión del 5% a la casa sobre el total ganado en el\r\nmismo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "9" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 9" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/9" 
 ,"textoArticulo" : "    El Banquero podrá retirar hasta el 50% de la Banca en el primer pase,\r\nde querer hacerlo, pero sufrirá descuento del 10% sobre la suma total de\r\nlo ganado en el mismo. El mismo descuento se aplicará en caso de que diera\r\nla \"Suite\" en el primer pase.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "10" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 10" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/10" 
 ,"textoArticulo" : "    Cuando la apuesta original sea superior a la mitad del máximo, además\r\ndel excedente el Banquero podrá retirar hasta la mitad de la Banca, por\r\nuna sola vez; no así cuando se trate de una \"Suite\" o \"Remate\" donde no\r\npodrá retirar ninguna cantidad, salvo los excedentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "11" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 11" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/11" 
 ,"textoArticulo" : "    Cuando el Banquero no desee seguir tallando podrá pasar el \"Sabot\",\r\ntransformado así la Banca en una \"Suite\" la cual, para ser tomada, deberá\r\nserlo por el monto total de la apuesta en juego en ese momento.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "12" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 12" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/12" 
 ,"textoArticulo" : "    La \"Suite\" será ofrecida en primera instancia a los apostadores que se\r\nencuentren sentados y por derecha de la persona que dio la misma; en caso\r\nde no ser tomadas por éstos se ofrecerá a los apostadores de pie.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "13" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 13" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/13" 
 ,"textoArticulo" : "    Si un apostador de pie toma la \"Suite\", deberá ocupar el asiento de\r\nquien la dio, no permitiéndose por parte del titular el derecho al asiento\r\nuna vez finalizados los pases.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "14" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 14" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/14" 
 ,"textoArticulo" : "    Si el monto de la \"Suite\" no fuera el máximo establecido, el apostador\r\npodrá incrementarla hasta el mismo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "15" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 15" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/15" 
 ,"textoArticulo" : "    No existiendo interesados por la \"Suite\", se procederá al remate de la\r\nBanca, adjudicándola al mejor postor.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "16" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 16" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/16" 
 ,"textoArticulo" : "    El remate será resuelto a través de una sola vuelta, por derecha del\r\n\"Sabot\", adjudicándose a la mejor oferta dentro de la misma.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "17" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 17" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/17" 
 ,"textoArticulo" : "    El aumento de la oferta no podrá ser inferior al mínimo de la apuesta a\r\n\"Sabot\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "18" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 18" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/18" 
 ,"textoArticulo" : "    Tanto en los casos de \"Suite\" como de \"Remate\" se aplicará un descuento\r\ndel 10% en el primer pase, y luego en los pases impares subsiguientes,\r\nprescindiendo del monto por el cual se adquieran las mismas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "19" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LA \"SUITE\"<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 19" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/19" 
 ,"textoArticulo" : "    Al producirse una \"Suite\" y luego un \"Remate\" sin que hayan ofertas por\r\nlos mismos, el Jefe de Partida tomará el \"Sabot\" tallando hasta la\r\ndilucidación del pase definitivo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "20" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL JUEGO<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 20" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/20" 
 ,"textoArticulo" : "    Los pases de Punto y Banca se dividen en dos grupos:\r\n\r\na) Pases llamados de \"aire\", cuya definición se produce con las cuatro\r\nprimeras cartas (dos para cada uno);\r\nb) Pases \"a definir\", donde es necesario una quinta y sexta carta para el\r\nPunto o la Banca o para ambos según los casos.\r\n\r\n   En todos los pases \"a definir\", la Banca es quien rige el juego,\r\ntomándose como referencia los puntos que tiene para la toma de una o dos\r\ncartas.\r\n   La Banca, teniendo 0, 1, 2 y si el Punto no gana de \"aire\", toma carta\r\nsiempre, en los siguientes casos:\r\nTeniendo 3 toma carta dando 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 9 y 0 (no toma dando 8);\r\nTeniendo 4 toma carta dando 2, 3, 4, 5, 6, 7 (no toma dando 0, 1, 8, 9);\r\nTeniendo 5 toma carta dando 4, 5, 6, 7 (no toma dando 1, 2, 3, 8, 9, 0);\r\nTeniendo 6 toma carta dando 6, 7 (no toma dando 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 0);\r\nTeniendo 7 la Banca no toma carta.\r\nCuando la Banca tenga 8 y 9 define el pase.\r\n   El Punto teniendo 0, 1, 2, 3, 4 o la opción de 5 pide carta, siempre\r\nque la Banca no tenga 8 y 9. Teniendo 6 y 7 no pide carta y teniendo 8 y 9\r\ndefine el pase.\r\n   La opción de pedir carta con 5 o no, será tomada por el apostador que\r\nefectúe la apuesta mayor a Punto, por derecha del \"Sabot\", y entre\r\naquellos que se encuentren sentados. En caso de no haber apuestas a Punto,\r\nla opción la definirá el Pagador, determinándose que para estos casos no\r\nse pide carta con 5.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "21" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 21" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/21" 
 ,"textoArticulo" : "    Las cartas del Punto serán vistas por la apuesta mayor por derecha del\r\n\"Sabot\".\r\n   Si el apostador que recibió las cartas por error no fuese quien tenía\r\nla apuesta mayor, se resolverá de la siguiente manera:\r\n\r\na) La reclamación tendrá que hacerla en el acto, el apostador de la\r\napuesta mayor, para subsanar el error;\r\nb) Aun habiendo el primer jugador que recibió las cartas por error \"visto\"\r\nel Punto, pero estando la jugada todavía sin definición, el reclamante\r\ntendrá la opción para la \"voluntad de 5\", si la hubiere;\r\nc) Si el jugador que tomó las cartas por error las ha visto quedando la\r\njugada resuelta, el pase será válido, aunque exista la \"voluntad de 5\", no\r\nadmitiéndose reclamación alguna al respecto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "22" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 22" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/22" 
 ,"textoArticulo" : "    Para pedir o \"plantar\", es obligación del apostador que recibe las\r\ncartas que se exprese con la mayor claridad posible, debiendo hacerlo de\r\nviva voz, manifestando: \"CARTAS\" o \"PLANTO\".\r\n   El primer deseo manifestado por el apostador será el que tendrá\r\nvalidez, una vez que sea confirmado por el Pagador.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "23" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 23" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/23" 
 ,"textoArticulo" : "    Las apuestas a Punto son personales, no estando permitido asociarse\r\npara tomar las cartas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "24" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 24" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/24" 
 ,"textoArticulo" : "    Cuando un jugador tenga apuesta a las dos Chances no podrá tomar las\r\ncartas del Punto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "25" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 25" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/25" 
 ,"textoArticulo" : "    El apostador, cuando reciba las cartas, deberá darlas vuelta\r\nsimultáneamente, estando prohibido \"filar\".\r\n   No podrá asimismo ceder su derecho a verlas, ofrecer una de las cartas\r\na otro jugador para que las vea ni para que las descubra. Puede solamente\r\nceder todos sus derechos, que pasarán inmediatamente a la apuesta mayor\r\nsiguiente, en el acto de ofrecerle las cartas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "26" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 26" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/26" 
 ,"textoArticulo" : "    Siendo facultativo del jugador que tiene cinco, \"pedir\" o \"plantar\",\r\ntoda reflexión en voz alta, observación o reproche al respecto, de parte\r\nde otro jugador, estará absolutamente prohibida.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "27" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 27" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/27" 
 ,"textoArticulo" : "    La partida dará comienzo en aquellos Casinos que tengan 16 o más\r\nasientos con un mínimo de cinco personas sentadas en condiciones de\r\napostar por sí misma en ese momento. El mismo número será necesario para\r\nreiniciar el juego o continuarlo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "28" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 28" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/28" 
 ,"textoArticulo" : "    En los Casinos con mesas de hasta 12 asientos podrá iniciarse la\r\npartida con tres personas, en las condiciones mencionadas anteriormente.\r\nLo mismo para reiniciarlo o continuarlo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "29" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 29" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/29" 
 ,"textoArticulo" : "    Al comenzar el juego se procederá al \"Remate\" de la primera banca.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "30" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 30" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/30" 
 ,"textoArticulo" : "    En el mencionado \"Remate\" se tomará como punto de partida la derecha\r\ndel Pagador a quien corresponda el paño con el asiento número uno.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "31" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 31" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/31" 
 ,"textoArticulo" : "    El mismo será a una vuelta y se adjudicará a la mejor oferta dentro de\r\nla misma, no pudiendo ser las pujas inferiores al mínimo fijado para la\r\napuesta a \"Sabot\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "32" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 32" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/32" 
 ,"textoArticulo" : "    Una vez dada la voz de \"No va más...cartas\", no podrán realizarse\r\napuestas, ni aumentar ni retirar las mismas, salvo que el Banquero diera\r\nla \"Suite\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "33" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 33" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/33" 
 ,"textoArticulo" : "    Ningún apostador podrá salir con el \"Sabot\" dos veces en la misma\r\nvuelta, salvo el caso de \"Suite\" o \"Remate\", que incluso podrán ser\r\ntomadas intermitentemente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "34" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 34" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/34" 
 ,"textoArticulo" : "    Los Pagadores anunciarán los asientos libres al paso del \"Sabot\" por si\r\nalguna persona de pie deseare bancar.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "35" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 35" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/35" 
 ,"textoArticulo" : "    Si ha pasado el \"Sabot\" por un asiento numerado sin que se haya bancado\r\nen él y fuera adjudicado al apostador inmediato, el \"Sabot\" no podrá\r\nretroceder al mencionado asiento.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "36" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 36" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/36" 
 ,"textoArticulo" : "    El \"Sabot\" deberá estar de frente al Pagador del paño donde se\r\nencuentra el mismo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "37" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 37" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/37" 
 ,"textoArticulo" : "    Si en el \"Sabot\" aparecieran una o más cartas dadas vuelta, éstas se\r\nanularán, continuando la partida su curso normal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "38" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 38" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/38" 
 ,"textoArticulo" : "    Si por error las cartas de la Banca fueran dadas vuelta antes que las\r\ndel \"Punto\", éste no perderá la \"opción de cinco\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "39" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 39" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/39" 
 ,"textoArticulo" : "    Si por error el \"Punto\" pidiera carta sin corresponderle y ésta hubiera\r\nsido abatida y a la Banca no le correspondiera pedir, la misma será\r\nanulada continuándose la partida sin más trámite.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "40" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 40" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/40" 
 ,"textoArticulo" : "    Se podrá apostar a Punto con fichas de Venta las que en caso de ganar,\r\ndeberán canjearse de inmediato.\r\n   Las posturas a Banca no podrán efectuarse con ficha de Venta, las\r\ncuales deberán canjearse en el acto de realizar la apuesta.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "41" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 41" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/41" 
 ,"textoArticulo" : "    Cada jugador deberá apostar con su propio capital, estando totalmente\r\nprohibido apostar para otras personas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "42" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 42" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/42" 
 ,"textoArticulo" : "    Cuando se están pagando las apuestas a Banca y el apostador alcance la\r\ncomisión (\"pico\") para facilitar el pago, si la mencionada comisión fuere\r\nsimilar a la apuesta mínima o casillero o Punto, deberá ser recogida\r\nsimultáneamente con el pago.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "43" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 43" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/43" 
 ,"textoArticulo" : "    Los apostadores sentados no podrán dejar de jugar durante tres pases\r\nconsecutivos, para mantener su derecho al asiento.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "44" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 44" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/44" 
 ,"textoArticulo" : "    A la hora que indicare la Gerencia será anunciado el último pase, que\r\nserá ganado o perdido. En caso de \"encart\" se tirará de nuevo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "45" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 45" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/45" 
 ,"textoArticulo" : "    Bajo ningún concepto podrá apostarse en la chance que ganó hasta\r\nterminar con el pago total de la misma.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "46" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 46" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/46" 
 ,"textoArticulo" : "    Dilucidado el pase y de perder la Banca, el Pagador recogerá las fichas\r\napostadas a Banca, con la \"Pala\" y la mano hacia adentro, y si fuera al\r\npunto el que perdiera, recogerá primero las de su derecha y luego las que\r\ntenga a su frente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "47" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 47" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/47" 
 ,"textoArticulo" : "    Las posturas que ganan se pagarán de la siguiente manera: las de\r\n\"Banca\" de derecha a izquierda con el \"peinado\" de las fichas hacia\r\nafuera. El Punto también se pagará de derecha a izquierda de forma tal que\r\nlas fichas queden dentro de los límites habilitados para jugar.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "48" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 48" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/48" 
 ,"textoArticulo" : "    Estando el socio de la Banca en el paño opuesto al que se encuentra el\r\n\"Sabot\", el Pagador de ese paño deberá alcanzar las fichas al otro\r\nPagador, anunciando de viva voz el número de asiento de quien acompaña.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "49" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 49" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/49" 
 ,"textoArticulo" : "    En los casos de apuestas que sean reclamadas como ganando y mientras se\r\nconsidere su situación, hasta su definición la misma queda fuera de los\r\nfuturos juegos y por lo tanto no genera ganancia por ningún concepto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "50" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 50" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/50" 
 ,"textoArticulo" : "    Aquel que diera la \"Suite\" no puede participar en el \"Remate\" de Banca,\r\nque se genere en caso de que nadie al tome.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "51" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 51" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/51" 
 ,"textoArticulo" : "    De todas las fichas recogidas por haber perdido se levantarán las de\r\nmayor valor en primer término, las que irán directamente a la Banca\r\n(Capital de Mesa) y luego las que can al \"Carretel\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "52" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 52" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/52" 
 ,"textoArticulo" : "    Los pagos se harán exclusivamente con las fichas del \"Carretel\" o con\r\nlas fichas que se encuentren en el interior de la Banca (Capital de Mesa).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "53" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 53" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/53" 
 ,"textoArticulo" : "    En caso de cederse el asiento en la Mesa de Juego por parte del titular\r\npara que banque una persona de pie y finalice el \"Sabot\" con Banca, al\r\nreiniciarse el mismo corresponderá al titular del mencionado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "54" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 54" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/54" 
 ,"textoArticulo" : "    No se aceptarán, bajo ningún concepto, apuestas de palabra.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "55" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 55" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/55" 
 ,"textoArticulo" : "    Las personas que se hallen de pie tienen derecho a bancar, en caso de\r\nno desear hacerlo quien ocupa alguno de los asientos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "56" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 56" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/56" 
 ,"textoArticulo" : "    En este caso quien no desea bancar deberá ceder su asiento al que lo va\r\na hacer, debiendo éste devolver el mismo al terminar la suerte.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "57" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 57" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/57" 
 ,"textoArticulo" : "    Las apuestas de pie son limitadas hasta cinco por paño, tanto a Punto\r\ncomo a Banca. El jugador que se encuentre en estas condiciones podrá\r\napostar en un casillero identificado al efecto con letras.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "58" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 58" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/58" 
 ,"textoArticulo" : "    En los casos en que el apostador debe ceder el asiento por haber dado\r\nla \"Suite\" o no querer bancar, podrá jugar fuera de los casilleros de\r\nletra par posturas de pie, hasta finalizar la suerte.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "59" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 59" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/59" 
 ,"textoArticulo" : "    Siendo las apuestas de pie, tanto a Punto como a Banca,\r\nindistintamente, si el apostador de pie quisiera cambiar su postura de\r\nBanca a Punto o viceversa y no existieran letras libres a la suerte y\r\nquisiera jugar, no podrá hacerlo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "60" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 60" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/60" 
 ,"textoArticulo" : "    En los casos de \"Remate\" de Banca sólo podrán participar aquellos\r\napostadores que se encuentren sentados.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "61" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 61" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/61" 
 ,"textoArticulo" : "    Los trasiegos de fichas de una mesa a la otra deberán realizarse con la\r\nboleta respectiva, donde constará la firma de los funcionarios\r\nintervinientes o, en su defecto, con el acompañamiento del funcionario del\r\nsector fiscalización.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "62" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 62" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/62" 
 ,"textoArticulo" : "    No podrán realizarse trasiegos de valores sin la conformidad del\r\nInspector y del Jefe de Sala.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "63" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 63" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/63" 
 ,"textoArticulo" : "    Las operaciones de cambio de fichas deberán hacerse precedidas de la\r\npalabra \"Cambio\", efectuada con voz audible.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "64" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 64" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/64" 
 ,"textoArticulo" : "    Las apuestas de pie a Punto o a Banca serán por el total de la o las\r\nfichas apostadas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "65" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 65" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/65" 
 ,"textoArticulo" : "    Si por cualquier circunstancia cayera una carta al suelo y fuera\r\nrecogida por un funcionario del Casino, será válida para el pase. Si la\r\ncarta fuera recogida por una persona del público no tendrá validez y será\r\n\"quemada\" inmediatamente, continuando la partida sin más trámite.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "66" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 66" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/66" 
 ,"textoArticulo" : "    Anulada una carta, un \"pase\" o un mazo, queda prohibida toda\r\nreconstrucción y la Gerencia no aceptará reclamaciones posteriores.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "67" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 67" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/67" 
 ,"textoArticulo" : "    En todos aquellos casos en que se saquen cartas que no correspondan,\r\nsin perder definir con claridad la situación, se anulará el pase.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "68" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 68" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/68" 
 ,"textoArticulo" : "    Cuando el apostador que tiene el \"Sabot\", por error, da vuelta una\r\ncarta sin corresponder, se resolverá como sigue:\r\n\r\na) Habiéndolo hecho antes que el Pagador anuncie \"No va más\", la carta\r\nserá anulada;\r\nb) Habiéndolo hecho después de que el Pagador  haya anunciado \"No va más\",\r\nla carta será válida para el pase;\r\nc) En caso de sacarse una carta de más, se dejará pendiente hasta\r\ndefinirse el pase y de no ser necesaria para la definición, será anulada.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "69" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 69" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/69" 
 ,"textoArticulo" : "    Las fichas colocadas sobre la línea de punto que deslinda el exterior\r\ndel tapete, juegan solamente a la mitad de su valor.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "70" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 70" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/70" 
 ,"textoArticulo" : "    Las cartas correspondientes a Punto y a Banca de cada pase ya definido\r\ndeben ser colocadas por los Pagadores sobre el tapete y separadas unas de\r\notras para que los Fiscales y apostadores puedan confirmar la jugada.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "71" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 71" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/71" 
 ,"textoArticulo" : "    Dentro del \"Sabot\" irá un conjunto de 6 (seis) mazos de 52 (cincuenta y\r\ndos) cartas cada uno.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "72" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 72" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/72" 
 ,"textoArticulo" : "    Una vez que se encuentren los naipes en la Mesa serán revisados por los\r\nPagadores con el control del Fiscal respectivo, debiéndose dejar\r\nconstancia en el Acta Inicial de Juego, sobre el estado de los mismos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "73" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 73" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/73" 
 ,"textoArticulo" : "    Inmediatamente se realizarán los actos denominados \"Lluvia\", \"Ensalada\"\r\ny \"Baraje\". Los \"Barajes\" serán tres por cada Pagador (comenzándolo el\r\nPagador del paño 2), quienes tendrán especial cuidado de que no quede\r\nninguna carta dada vuelta mientras realizan este acto. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/526-1977/88\" >88</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "74" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 74" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/74" 
 ,"textoArticulo" : "    Luego se realizará el \"Calado\" por parte del Jefe de Sala, quien tomará\r\nalgunas cartas que las entremezclará al azar dentro del mazo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "75" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 75" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/75" 
 ,"textoArticulo" : "    Concluidas estas operaciones se dará el mazo a \"Cortar\" por parte del\r\napostador que corresponda, no pudiendo se su \"corte\" inferior a sesenta\r\ncartas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "76" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 76" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/76" 
 ,"textoArticulo" : "    Previo a colocar el mazo en el \"Sabot\" el Pagador introducirá un\r\nsegundo \"corte\" no inferior a doce cartas, a efectos de dilucidar el\r\núltimo o los dos últimos pases. Luego introducirán los naipes dentro del\r\n\"Sabot\" cerrándolo herméticamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "77" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 77" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/77" 
 ,"textoArticulo" : "    La aparición del \"corte\" en la boca del \"Sabot\", indicará el penúltimo\r\n\"pase\", salvo que en el anterior dicho \"corte\" hubiera quedado en la\r\nposición antes mencionada en cuyo caso será el último.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "78" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 78" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/78" 
 ,"textoArticulo" : "    Si en la colocación del segundo \"corte\" hubiera un error y no\r\nalcanzarán las cartas para definir el último \"pase\", éste será anulado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "79" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 79" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/79" 
 ,"textoArticulo" : "    El mazo será \"cortado\" por el apostador que se encuentra a la izquierda\r\nde quien adquirió la primera Banca. En los mazos sucesivos será \"cortado\"\r\npor el jugador que se encuentra a la izquierda del que va a tirar el\r\nprimer \"pase\" de cada \"Sabot\". Se éste no deseare hacerlo, \"cortará\" el\r\nsiguiente a su izquierda y así sucesivamente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "80" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 80" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/80" 
 ,"textoArticulo" : "    La Gerencia queda facultada para cambiar parcial o totalmente las\r\ncartas que integran el mazo, si las circunstancias lo requieren.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "81" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 81" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/81" 
 ,"textoArticulo" : "    Los actuante en la confección del \"Sabot\" (Jefe de Sala, Inspector,\r\nJefe de Mesa, Fiscales, Pagadores), deberán firmar el libro respectivo,\r\nsiendo el Fiscal del Centro el responsable de su custodia.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "82" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DEL \"SABOT\" Y SU PREPARACION<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 82" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/82" 
 ,"textoArticulo" : "    Toda duda en la interpretación o los casos no previstos en el presente\r\nreglamento serán resueltos por el Jefe de Sala con anuencia de la\r\nGerencia.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "83" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS FUNCIONARIOS<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 83" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/83" 
 ,"textoArticulo" : "    En la Sala de Juego de Punto y Banca, siempre que funcione deberá hacer\r\nel siguiente personal en servicio, de acuerdo a las normas que más\r\nadelante se expresen: un representante de la Gerencia (Sub-Gerente o\r\nSupervisor), y un Jefe de Sala, que tendrán a sus órdenes al respectivo\r\npersonal subalterno. En cada Mesa habrán dos Fiscales, dos Pagadores y un\r\nJefe de Partida. Para cada dos Mesas habrá un Inspector y un Jefe de\r\nPartida. Para cada dos Mesas habrá un Inspector y un Jefe o Sub-Jefe de\r\nSala.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "84" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS INSPECTORES O QUIENES ACTUEN COMO TALES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 84" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/84" 
 ,"textoArticulo" : "    Corresponde a los Inspectores:\r\na) El conocimiento completo del reglamento de juego;\r\nb) Subrogar a los Supervisores de Sala en ausencia de éstos y cumplir las\r\nfunciones correspondientes;\r\nc) Vigilar todo lo relativo al sector a su cargo;\r\nd) Controlar los movimientos de valores entre Mesas de Juego, acompañando\r\na los Panniers cuando corresponda;\r\ne) Suscribir el Acta Inicial de Juego en el momento de dar comienzo a la\r\npartida una vez cumplidos los requisitos del caso;\r\nf) Fiscalizar, previo acuerdo de su superior con el Jefe de Sala el cierre\r\nde Mesa, una vez completada la Banca, debiendo firmar la boleta de pedido\r\ncomplementario de fichas y libro de cierre.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "85" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS FISCALES O QUIENES ACTUEN COMO TALES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 85" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/85" 
 ,"textoArticulo" : "    Corresponde a los Fiscales:\r\na) El conocimiento total de las reglas de juego y el control estricto del\r\nmismo;\r\nb) Una vez verificada la Banca, firmar el Libro de Apertura y controlar el\r\nrevisado de naipes;\r\nc) Antes de comenzar la partida llenará el libro, con la fecha\r\ncorrespondiente, donde constará la hora de comienzo y finalización de cada\r\n\"Sabot\", Asimismo verificará las firmas de los Pagadores, Jefe de Partida,\r\nJefe de Sala y representante de la Gerencia;\r\nd) Anotar los pases en la planilla destinada a tales efectos detallando el\r\nnúmero de Puntos, Bancas y \"Encarts\", sumando el total de los pases de\r\ncada \"Sabot\" al finalizar el mismo;\r\ne) Controlar dando el visto bueno, a todos los egresos e ingresos de todas\r\nlas fichas en la Mesa a su cargo;\r\nf) Anotar en su caso el importe de lo donado por el público para Caja de\r\nEmpleados Especializados, en donde conste el importe, la fecha y su firma,\r\ndejando registrada en cada ocasión, en la planilla respectiva, el número y\r\nmonto de las boletas entregadas;\r\ng) Habiendo verificado la exactitud de las reposiciones y conversiones,\r\nprevia comprobación de las firmas respectivas, procederá a firmar la\r\nrespectiva documentación, anotando el número y monto de las mismas en la\r\nplanilla destinada a tales efectos. Quedan exceptuados de la función\r\ndeterminada en el inciso g) los Fiscales que se desempeñan en Casinos con\r\nMesa Liquidadora.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "86" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS JEFES DE SALA O QUIENES ACTUEN COMO TALES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 86" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/86" 
 ,"textoArticulo" : "    Corresponde a los Jefes de Sala:\r\na) Conocer el reglamento de juego;\r\nb) Vigilar e imponer el orden en el desempeño de sus tareas, sobre todos\r\nlos funcionarios a sus órdenes, debiendo controlar que los Pagadores, para\r\narmar el \"Sabot\", cumplan las operaciones que correspondan, realizando los\r\ntres tipos de mezclas usuales. Una vez verificado ello realizará en forma\r\npersonal el \"Calado\" del mazo;\r\nc) Controlar todas las operaciones que se efectúen en la Mesa durante su\r\nfuncionamiento;\r\nd) Dar el visto bueno, previa verificación de las operaciones anteriores y\r\nposteriores al funcionamiento de las Mesas, escriturando la documentación\r\npertinente bajo su firma;\r\ne) Formular la distribución de los valores de Banca y su monto en el parte\r\nde Liquidación y Apertura de Mesa Liquidadora, suscribiéndolos con su\r\nfirma;\r\nf) Autorizar, con anuencia de la Gerencia, la clausura de Mesas de Juego,\r\npresenciando esta operación;\r\ng) Disponer la habilitación de las Mesas de Juego, con autorización de la\r\nGerencia, suscribiendo los documentos pertinentes;\r\nh) Mantener en su poder una de las llaves de la Banca de la mesa la que,\r\nuna vez finalizada la sesión, será ensobrada y lacrada por él y un\r\nrepresentante de la Gerencia, quedando en custodia en aquélla, fuera de\r\nlas horas de juego.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "87" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS JEFES DE MESA O QUIENES ACTUEN COMO TALES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 87" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/87" 
 ,"textoArticulo" : "    Corresponde a los Jefes de Mesa:\r\na) Conocer el reglamento de juego y cuidar que sea aplicado rigurosamente;\r\nb) Atender el desarrollo de la partida;\r\nc) Hacer cumplir a los Pagadores las disposiciones reglamentarias, siendo\r\nresponsable directo por los errores por ellos cometidos y que no hubiere\r\nrectificado;\r\nd) Recibir, previa verificación del monto, las reposiciones y\r\nconversiones, realizando la operación con la presencia del Fiscal o\r\nInspector;\r\ne) Realizar con anuencia del Fiscal e Inspector, los canjes de fichas que\r\nfueran necesarios;\r\nf) Tallar por cuenta de la casa cuando corresponda, como Jefe de Partida.\r\nQuedan exceptuados del inciso d) los jefes de Mesa que se desempeñen en\r\nCasinos con Mesa Liquidadora.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "88" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS PAGADORES O QUIENES ACTUEN COMO TALES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 88" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/88" 
 ,"textoArticulo" : "    Corresponde a los Pagadores:\r\na) Cumplir todas las disposiciones reglamentarias del juego de Punto y\r\nBanca;\r\nb) Cuando se inicia la partida, realizar las operaciones usuales con las\r\ncartas en presencia del Jefe de Sala e Inspector, además de los Fiscales;\r\nc) Cuando se da por terminada la partida, vaciar sobre la Mesa el\r\nrecipiente que contiene las cartas, haciendo acto seguido mezcla de\r\naquéllas tal cual se indica en el artículo 73 del presente reglamento\r\nexceptuándose, para este caso, el acto denominado \"Lluvia\".\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "89" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 89" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/89" 
 ,"textoArticulo" : "    Los Pagadores no podrán hacer abandono de la Mesa de Juego en los\r\nrelevos, hasta tanto no hayan efectuado la totalidad de los pagos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "90" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 90" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/90" 
 ,"textoArticulo" : "    Queda prohibido el movimiento de valores de una a otra Mesa, sin la\r\nconformidad del Inspector y Jefe de Sala.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "91" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 91" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/91" 
 ,"textoArticulo" : "    Todas las operaciones a cargo de estos empleados, sin excepción,\r\ndeberán hacerse en viva y alta voz y sin que el juego pierda agilidad y\r\ncontinuidad.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "92" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 92" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/92" 
 ,"textoArticulo" : "    Impedirán que se hagan apuestas fuera de los máximos y mínimos\r\nreglamentarios, estableciendo en forma clara las apuestas anuladas por\r\nhaber sido hechas fuera de tiempo o en forma antirreglamentaria.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "93" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"titulosArticulo" : " DE LOS NAIPES<br> " 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 93" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/93" 
 ,"textoArticulo" : "    Los naipes estarán bajo custodia del Tesorero, el que recibirá los\r\nmismos de parte de la Gerencia, bajo Acta.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "94" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 94" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/94" 
 ,"textoArticulo" : "    Complete el Tesorero el cuidado de los mismos sustituyendo los\r\ndefectuosos por otros en perfectas condiciones de uso, a pedido de un\r\nSupervisor y Jefe de Sala.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "95" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 95" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/95" 
 ,"textoArticulo" : "    La Tesorería llevará en un libro rubricado al efecto por la Inspección\r\nGeneral de Hacienda, cuenta corriente de los mazos existentes, anotando\r\nlas altas y bajas registradas y motivos de las mismas. Esta cuenta será\r\nvisada semanalmente por la Gerencia de cada Casino.\r\n   Periódicamente, por lo menos una vez al mes, se practicarán arqueos\r\nsorpresivos por parte de la Gerencia, documentando la diligencia bajo\r\nacta. Se establece que los mazos de naipes fuera de uso por deterioro y\r\notras razones, serán remitidos a la Dirección General de Casinos, la que\r\nresolverá sobre el destino de los mismos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "96" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 96" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/96" 
 ,"textoArticulo" : "    El Inspector y Jefe de Mesa afectados a Punto y Banca retirarán de la\r\nTesorería, previa firma del formulario respectivo, la caja que contenga\r\nlos naipes a usarse en el juego, cuya llave estará en poder del Tesorero,\r\nexistiendo un duplicado de la misma en la Mesa a cuya apertura se va a\r\nproceder.\r\n   Arribada la caja a dicha Mesa, los Pagadores la recibirán, abrirán y\r\nrevisarán en presencia de Inspectores y Fiscales, cuidando de que cada\r\nmazo exhiba en la boca, como primera carta, el As de Corazones.\r\nDe la verificación y estado de los naipes, se dejará especial constancia\r\nen el Acta Inicial de Juego, rubricada por los actuantes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "97" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 97" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/97" 
 ,"textoArticulo" : "    Terminada la partida los Pagadores en presencia del Jefe de Mesa y del\r\nFiscal, procederán al recuento y revisación de los naipes; una vez\r\nrevisados y contados los mazos, éstos serán colocados en su caja\r\nrespectiva conjuntamente con un formulario impreso al efecto, donde\r\nconsten los siguientes datos: Número de Mesa, Inspector y Fiscal que\r\nactuaron en el cierre de la Mesa.\r\n   La caja numerada portadora de los naipes será cerrada con llave, que\r\nquedará en la Mesa, precintada con alambre y plomo en presencia de los\r\nfuncionarios que actuaron al cierre de la Mesa y entregada en custodia al\r\nTesorero por intermedio del Jefe de Mesa e Inspector, quienes firmarán el\r\nformulario instaurado a sus efectos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "98" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 98" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/98" 
 ,"textoArticulo" : "    La presente reglamentación comenzará a aplicarse en todos los Casinos\r\nestatales a partir del 1º de noviembre de 1977.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "99" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 99" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/99" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase a partir de dicha fecha la resolución del Consejo Nacional de\r\nGobierno del 22 de noviembre de 1960.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "100" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 100" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/526-1977/100" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y\r\nDecretos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }