Inclúyense determinados artículos, en las listas de mercaderías de libre
importación referidas en el Decreto de fecha 29 de setiembre de 1960, con
los recargos, depósitos y precios Cif que se establecen en cada caso.
Artículo 1
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
Decreto Nº 8/965 de 14/01/1965 artículo 1,
Decreto Nº 3/965 de 07/01/1965 artículo 1.