La Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas
asesorará a las empresas de su competencia sobre el régimen establecido
en la presente reglamentación.-
Asimismo, asesorará a las unidades artesanales, microempresas y pequeñas
empresas definidas por los Decretos Nº 54/992, de 7 de febrero de 1992 y
Nº 266/995, de 19 de julio de 1995, acerca de los estatutos, reglamento
de operaciones y contratos de radicación en parques industriales de su
interés.-