Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Dispónese que los sectores afectados a producción (hojalatería, fábrica
de envases metálicos, agroindustria, fábrica de bolsas de arpillera y plastillera) y sector fertilizantes, percibirán un complemento sobre la retribución quincenal de un 5% (cinco por ciento) a partir del 1º de
junio de 1987.
Este complemento se pagará por el mismo concepto y en las mismas condiciones establecidas para el sector Planta de Empaque en el artículo 10 de decreto 527/986, de 13 de agosto de 1986.