CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 29. INDUSTRIA DEL PLASTICO Y BOTONES




Promulgación: 13/08/1986
Publicación: 10/11/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Los precios de los bienes y/o servicios de la actividad privada no podrán se incrementados en más del 15 % de la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada empresa, por concepto del incremento de los ingresos del personal otorgado por el presente acuerdo.
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