VALORES DE LOS SERVICIOS QUE PRESTA LA DIRECCION NACIONAL DE TECNOLOGIA NUCLEAR




Promulgación: 27/10/1992
Publicación: 25/11/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear
tendiente a que se actualicen los valores de las tasas de Protección
Radiológica y Seguridad Nuclear.

   Considerando: que los valores propuestos están acordes con la
variación del índice general de precios al consumo, elaborado por la
Dirección General de Estadística y Censos.

   Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y lo dispuesto en el Art. 343 de la Ley Nº
15.809 de 8 de abril de 1986,

                      El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Establécese, a partir de la fecha del presente Decreto, los valores de
los servicios que prestan la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear, de
acuerdo al siguiente detalle:

- Tasa por cada servicio de contralor de instalación de equipos nucleares
radioactivos, generadores de radiación ionizante: N$ 103.000 (Nuevos pesos
ciento tres mil).

- Tasa por servicio anual de dosimetría externa: N$ 91.000 (Nuevos pesos
noventa y un mil).  

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc. 

LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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