{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "521" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DE LA REGLAMENTACION DEL IVA AL TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/12/26/13" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/12/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/12/2005" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 1578 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/521-2005?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: el artículo 2º del Decreto Nº 405/003, de 2 de octubre de 2003, y\r\nlos Decretos Nos. 106/004, de 24 de marzo de 2004, 427/004, de 1º de\r\ndiciembre de 2004 y 199/005, de 27 de junio de 2005.\r\n\r\nRESULTANDO: que las normas referidas disponen un régimen transitorio para\r\nla determinación del crédito a que refiere el inciso segundo del artículo\r\n1º de la Ley Nº 17.651, de 4 de junio de 2003, vigente hasta el 30 de\r\njunio de 2004, con sucesivas prórrogas hasta el 31 de diciembre de 2005.\r\n\r\nCONSIDERANDO: necesario establecer una nueva prórroga del referido\r\nrégimen, hasta que finalice el proceso de análisis y diseño del nuevo\r\nsistema tributario.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/521-2005/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 el régimen de determinación\r\ndel crédito a que refiere el artículo 2º del Decreto Nº 405/003, de 2 de\r\noctubre de 2003.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/521-2005/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI\r\n " 
 }