{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "520" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONARIOS DEL SERVICIO DE ENFERMEDADES INFECTO CONTAGIOSAS. SEGURIDAD SOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/12/13/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/11/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/12/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 492 
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  ,"vistos" : "  VISTO: I) El planteamiento formulado por los funcionarios del Servicio de\r\nEnfermedades Infecto - Contagiosas \"Dr. José Scosería\", dependiente del\r\nMinisterio de Salud Pública;\r\n\r\nII) Que estos antecedentes fueron derivados a la Comisión creada por\r\nresolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de octubre de 1990, que estudia\r\ntodo lo referente a los Servicios Bonificados consagrados en el  artículo\r\n70 del Acto Institucional Nº 9 convalidado por la Ley Nacional 15.738.\r\n\r\n CONSIDERANDO: I) Que esta Comisión ha recibido en varias oportunidades a\r\nlos médicos, enfermeras y al personal administrativo de la repartición\r\npública solicitante. No obstante contar esta Comisión con dos médicos, que\r\npor su trayectoria profesional conocen el ambiente y la problemática en\r\nque se desarrolla la actividad del Servicio en cuestión, ambos han\r\ncomparecido en dicha repartición para tener una apreciación directa y\r\nactual del funcionamiento global de la misma;\r\n\r\nII) Que consta en el expediente formado al efecto, algunos datos\r\nestadísticos que muestran las procedencias de los usuarios del Servicio,\r\nlos porcentajes de las diferentes etiologías infecciosas tratadas, el\r\nvolumen de consultas en policlínicas y la cantidad de pacientes\r\nhospitalizados en un período que abarca desde 1988 hasta el primer\r\nsemestre de 1992 inclusive. Así como un informe elaborado por el Profesor\r\nAdjunto Dr. Eduardo Savio que plantea - entre otros temas - la necesidad\r\nexistente en nuestro medio, - a nivel internacional - hace mucho tiempo\r\nque se están realizando de un profundo análisis del riesgo cierto al que\r\nestá expuesto el personal del área de la salud, con la  aparición en la\r\ndécada del 80 de nuevos virus y la reaparición de enfermedades infecciosas\r\nque se pensaban ya controladas;\r\n\r\nIII) De los nuevos virus, merece una consideración particular, el virus de\r\nla Inmuno Deficiencia Inmuno Deficiencia Humana (VIH) causante del\r\nSíndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA), hasta la fecha, patología\r\nde evolución mortal sin posibilidades de tratamiento curativo ni\r\npaliativo.\r\n\r\n Esta enfermedad infecto - contagiosa, que amenaza a la comunidad humana\r\ntoda, y merece campañas publicitarias de prevención a nivel mundial, ha\r\nprevalecido en la población denominada de \"alto riesgo\", ésto es:\r\ndrogadictos, homo o bisexuales, menores infractores, población\r\nmayoritariamente usuaria del Servicio, para esta patología en particular.\r\nEntonces tenemos un personal sanitario altamente capacitado y\r\nespecializado, que debe enfrentar:\r\n\r\n- Una consulta en policlínica, donde se desconoce si el paciente es\r\nportador o no del VIH y por lo tanto deben extremarse las precauciones;\r\n\r\n- Una población hospitalaria joven, portadora de un virus (VIH) o ya de\r\nuna enfermedad de evolución tórpica y mortal (SIDA);\r\n\r\n- Con severos trastornos conductuales y/o caracteriales (población\r\ncarcelaria, menores infractores);\r\n\r\n- Muy malas condiciones de equipamiento técnico, lo que incrementa el\r\nriesgo de una mala praxis médica y la preocupación constante para\r\nevitarla, pues ésta, de existir, determinaría el contagio;\r\n\r\n- Simultáneamente otra población hospitalaria portadora de infecciones de\r\ndiagnóstico y terapeútica conocida, con espectativas de una evolución\r\nfavorable y satisfactoria;\r\n\r\n- Un permanente esfuerzo psicológico para adaptarse a estas condiciones y\r\nmedio ambiente de trabajo, donde si bien es cierto, que la preparación y\r\nla idoneidad de este personal sanitario prevee su capacitación para la no\r\ninteriorización en su conciencia del sufrimiento y el dolor, no es menos\r\ncierto que la cotidianidad del contacto con jóvenes que mueren en esas\r\ncondiciones con el tiempo se torna, fuente de angustia y stress;\r\n\r\n- La vivencia diaria de una cierta \"marginación\" por parte del resto de la\r\nestructura sanitaria - tienen accesos y ascensores, separados del resto de\r\nlos servicios por la propia naturaleza de los pacientes que manejan, -\r\ntambién actúa como elemento coadyuvante a su desgaste psicoemocional;\r\n\r\n- La falta de implementación - por parte de las autoridades - de planes de\r\nvigilancia epidemiológica específicos para cada uno de estos riesgos\r\nbiológicos; la ausencia de controles serológicos a este personal\r\nsanitario, que permitiría al menos realizar estudios prevalencia; la\r\nausencia de registro y su posterior estudio del ausentismo laboral, y las\r\npatologías mayoritariamente involucradas; todo este sólo expresa la\r\nprecariedad de la situación para este personal del área de la salud;\r\n\r\n- La suma de los elementos probatorios antes referidos, han formado una\r\nopinión unánime en esta Comisión, respecto a que debe ser nuevamente\r\nbonificado en su cómputo jubilatorio el trabajo desarrollado en este\r\nServicio perteneciente al Ministerio de Salud Pública;\r\n\r\n Es voluntad asimismo de esta Comisión, hacer notar que la derogación del\r\nbeneficio que tenían estos trabajadores en virtud de la ley 9.940, tuvo\r\ncomo fundamento distintas circunstancias que ha cambiado al día de hoy. En\r\nefecto, el informe del Grupo de Trabajo que hizo el fundamento revocatorio\r\ncitado, data de 1982 y tuvo en cuenta, entre otros elementos manejados,\r\nque el Servicio había atendido un total de 23 casos de diversas\r\netiologías, siendo la Hepatitis Viral A la de mayor incidencia. No es\r\nnecesario abundar en detalles respecto a la incidencia que ha tenido en\r\ntoda la sociedad la propagación del VIH. Este nuevo elemento de contagio,\r\nal que el informante del año 1982 no hacía referencia, es de fundamental\r\nimportancia antes mencionada y en lo atinente al porcentaje de\r\nbonificación a otorgarle a los involucrados en este Servicio estatal. Ello\r\nes así, aún sin tener en cuenta la incidencia de otras formas de nuevos\r\nposibles contagios, como son la Hepatitis B, la Hepatitis C - (VHC) y el\r\nvirus de la Leucemia T del Adulto (VLTH-1).\r\n\r\n ATENTO: a todo lo expuesto precedentemente,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "   Otórgase un cómputo jubilatorio bonificado de dos años por cada uno de prestación efectiva, a los servicios cumplidos por todos los funcionarios del Servicio de Enfermedades Infecto - Contagiosas \"Dr. José Scosería\".\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - RICARDO REILLY\r\n " 
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