FUNCIONARIOS PUBLICOS - REGIMEN DE INCENTIVOS




Promulgación: 01/11/1990
Publicación: 10/12/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1990
  •    Página: 537
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.127 de 07/08/1990 artículos 32 y 33.

Artículo 10

   Quienes se hubieran acogido al subsidio creado por el artículo 5º de la
ley 15.900 de 21 de octubre de 1987 bajo la vigencia del decreto 398/989
de 24 de agosto de 1989 y mientras continúen percibiéndolo, no podrán
beneficiarse del régimen de incentivos que se reglamenta, atento a lo
dispuesto por los artículos 32 y 33 de la ley 11.923 de 27 de marzo de
1953.
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