{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "520" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DE LA COMISION CONSULTORA EN COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/11/11/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/10/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/11/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 1202 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: lo dispuesto por los decretos 237/970 de 21 de mayo de 1970 y\r\n71/971 de 4 de febrero de 1971 que encomiendan al Director General de\r\nComercio Exterior la función directiva para asesorar al Poder Ejecutivo en\r\nla Política del Comercio Exterior y la Promoción de las exportaciones.\r\n\r\n  Considerando: I) La necesidad de una ajustada coordinación, entre los\r\nesfuerzos que la Dirección General de Comercio Exterior realiza para el\r\ncrecimiento de la corriente exportadora, con los que a su vez debe\r\nrealizar el sector productivo nacional;\r\n\r\nII) Que es conveniente la creación de un sistema que asegure la más\r\nestrecha colaboración entre el sector público y privado en el tema de\r\nreferencia;\r\n\r\nIII) La necesidad de reactivar el sector externo de la economía nacional,\r\nprincipalmente a través de la diversificación y apertura de nuevos\r\nmercados que permitan el incremento de las exportaciones, procurando una\r\nmayor rentabilidad y un mejoramiento del costo de producción que\r\nposibilite su colocación en condiciones competentes.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por la Dirección General de Comercio Exterior,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/520-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase la Comisión Consultora en Comercio Exterior que tendrá funciones\r\nde asesoramiento al Director General de Comercio Exterior para toda\r\nmateria que éste estime conveniente en el área de la promoción de las\r\nexportaciones.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/520-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Esta Comisión estará integrada por un representante de la Cámara\r\nde Industria del Uruguay, un representante de la Cámara Nacional de\r\nComercio, un representante de la Unión de Exportadores del Uruguay, un\r\nrepresentante de la Cámara Mercantil de Productos del País y un\r\nrepresentante por la Asociación Rural del Uruguay y Federación Rural.\r\n    Facúltase al Director General de Comercio Exterior a recabar,\r\nasimismo, el asesoramiento de las entidades o gremiales que considere\r\nconveniente, de acuerdo con la temática a tratarse. A esos efectos, las\r\nmismas podrán ser convocadas a las reuniones ordinarias o extraordinarias\r\nque celebre la Comisión Consultora.  (*) " 
  ,"notasArticulo" : "Inciso 2º) <b><font color=\"#0000FF\">agregado/s por:</font></b> Decreto Nº 370/991 de 17/07/1991 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/370-1991/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/520-1981/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Serán cometidos de esta Comisión asesorar al Director General de\r\nComercio Exterior, entre otras, en las siguientes materias:\r\n\r\na) Asesorar en forma permanente sobre las necesidades de los distintos\r\n   sectores productivos de exportación.\r\nb) Asesorar sobre las dificultades coyunturales o estructurales de\r\n   determinados sectores en la colocación externa de sus productos.\r\nc) Proponer los estudios que considere prioritarios sobre las\r\n   posibilidades que los mercados externos ofrecen a la producción\r\n   nacional, así como la investigación necesaria de los productos y\r\n   reservas del país para aplicar a la oportunidad de exportación.\r\nd) Procurar que la actividad exportadora se desarrolle dentro de las\r\n   normas de ética comercial formulando las recomendaciones necesarias\r\n   para ello.\r\ne) Propiciar la agilitación de los procedimientos de exportación.\r\nf) Proponer todas las iniciativas que se entiendan convenientes para el\r\n   mejor desarrollo del sector exportador.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/520-1981/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Esta Comisión celebrará una reunión mensual en forma regular,\r\npudiendo ser citada extraordinariamente toda vez que el Director General\r\nde Comercio Exterior considere necesario.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/520-1981/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Derógase el decreto 238/970 de 21 de mayo de 1970.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/520-1981/6" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI - ESTANISLAO VALDES OTERO - FRANCISCO D.\r\nTOURREILLES - CARLOS MATTOS MOGLIA\r\n " 
 }