En los casos de denuncia o de riesgo de contaminación radioactiva,
sustracción o pérdida de material radioactivo o de infracciones a las
disposiciones del presente decreto o a los reglamentos dictados conforme a
él o a las condiciones de un permiso, el Inspector comunicará
inmediatamente el hecho o la infracción a la Comisión Nacional de Energía
Atómica y podrá ordenar al titular del permiso, que adopte las medidas que
sean necesarias para proteger la salud y seguridad de las personas y
mantener la seguridad en los bienes y el medio ambiente.