{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "516" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE PRECIOS. SERVICIOS DE AUTOBALSAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/07/07/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/06/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/07/1975" 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión formulada por la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en relación con las tarifas de los servicios de autobalsas, que la misma presta en los cruces internacionales Paysandú - Colón y Salto - Concordia.\r\n\r\n   Resultando: I) Que dichas tarifas vigentes desde el 1.o de noviembre \r\nde 1974, fueron establecidas por decretos 841/974 y 865/974 de fechas 24 \r\ny 31 de octubre de 1974 respectivamente;\r\n\r\n    II) Que debido al aumento experimentado desde la fecha de vigencia de la misma hasta el presente en los costos de explotación de dichos servicios la citada Dirección solicita se fijen nuevas tarifas en la forma que propone.\r\n\r\n   Considerando: procedente aceptar el temperamento propuesto por la Dirección de Hidrografía.\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/516-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Establécense a partir del 1.o de julio y hasta el 31 de diciembre de 1975 las siguientes tarifas, para los servicios de autobalsas que la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas presta en los cruces internacionales de Paysandú (R.O.U.) - Colón (R.A.) y Salto (R.O.U.) - Concordia (R.A.):\r\n\r\n\r\n  Automóviles, camionetas y \r\n  traillers ....................   $ M/U   28.500    $ M/A  57.000\r\n  Omnibus, camiones \r\n  y acoplados ..................   $ M/U   96.500    $ M/A 193.000\r\n  Motos, motonetas\r\n  y bicicletas .................   $ M/U    6.000    $ M/A  12.000 " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/516-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Déjanse sin efecto los decretos 841/974 y 865/974 de fechas 24 y 31 de octubre de 1974 respectivamente. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/516-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - EDUARDO CRISPO AYALA " 
 }