{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "513" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "PREMIO MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS. EGRESADOS DE LA ESCUELA MILITAR \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/12/06/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/11/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/12/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 488 
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  ,"vistos" : "  Visto: que áreas que son materia específica de competencia de este\r\nMinisterio tienen estrecha vinculación con campos de actuación de\r\nespecialización técnica en la profesión militar.\r\n\r\n Resultando: I) Que la Escuela Militar inserta en la estructura de nuestro\r\nEjército Nacional en el Ministerio de Defensa Nacional, imparte formación\r\ncon reconocimiento oficial de nivel terciario, o sea con jerarquía propia\r\nde ente académico universitario;\r\n\r\n             II) Que el Arma de Ingenieros tiene una currícula con\r\nmaterias afines a la especialización técnica que corresponde al Ministerio\r\nde Transporte y Obras Públicas;\r\n\r\n             III) Que el Ejército Nacional en su estructura organizativa\r\nposee unidades con específica vinculación con construcciones no sólo\r\nmilitares, sino también de carácter vial, edilicio y de prestación de\r\nservicios;\r\n\r\n             IV) Que sin perjuicio del cometido específico y misión\r\nfundamental de la defensa de la Nación, su honor, independencia, su\r\nintegridad, la paz de la República y la constitución y las leyes, las\r\nFuerzas Armadas participan en planes y programas de desarrollo de Interés\r\nNacional realizando obras de conveniencia pública;\r\n\r\n             V) Que entre otras, es ésta una forma de integración de la\r\nInstitución Militar al quehacer comunitario en la búsqueda del bien común.\r\n\r\n Considerando: I) Que los motivos expresados justifican plenamente que;\r\nconforme a un concepto de accionar participativo y solidario en pro del\r\nbienestar general y en el ámbito de una cooperación más intensa entre las\r\nInstituciones ministerial y militar, se fortalezcan vínculos entre quienes\r\ntienen idénticos objetivos de interés público y comparten valores\r\ncomunitarios esenciales;\r\n\r\n               II) Que a tales efectos el Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas estima pertinente plasmar en un acto formal el reconocimiento de\r\nesa comunidad de valores e intereses instituyendo un premio, para los\r\ncadetes que egresados en calidad de Alféreces, exhiban calificaciones\r\nrelevantes demostrativas de su esfuerzo, dedicación y capacidad;\r\n\r\n               III) Que se han efectuado las coordinaciones pertinentes\r\ncon el Ministerio de Defensa Nacional, el Comando General del Ejército y\r\nla Escuela Militar.\r\n\r\n Atento: a lo preceptuado en el decreto 31/992 de 23 de enero de 1992 y\r\ndisposiciones concordantes,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/513-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Institúyense dos premios designados \"Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas\" que se asignarán anualmente a la finalización de cada año\r\nlectivo a los Señores Alféreces egresados de la Escuela Militar, que\r\nhubieren exhibido méritos relevantes conforme a lo que disponga la\r\nreglamentación respectiva que a tales efectos dicte el Ministerio de\r\nDefensa Nacional.\r\n Sin perjuicio de lo expuesto, los premios podrán otorgarse año a año de\r\nacuerdo a la voluntad del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/513-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "   El primero de los premios se entregará al alumno que obtenga a su egreso\r\ncomo Oficial las más altas calificaciones en las asignaturas técnico\r\nprofesionales del Arma de Ingenieros; el segundo de ellos corresponderá al\r\nalumno que obtenga a su egreso como Oficial las más altas calificaciones\r\nen las asignaturas técnicas de la orientación Ingeniería.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/513-1993/3" 
 ,"textoArticulo" : "   A estos fines el Ministerio de Transporte y Obras Públicas entregará\r\nen esa ocasión un distintivo o plaqueta grabada acreditante de tales\r\nméritos, que se acompañará con el correspondiente certificado o despacho.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/513-1993/4" 
 ,"textoArticulo" : "   El Ministerio coordinará con la Escuela Militar por la vía jerárquica\r\npertinente, la realización de becas o pasantías por los Sres. Oficiales\r\nrecientemente egresados, en reparticiones de la Secretaría de Estado en\r\nproyectos de relevante interés técnico y profesional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/513-1993/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese al Ministerio de Defensa Nacional, al Comando General del\r\nEjército y a las Direcciones Nacionales del Ministerio de Transporte y\r\nObras Públicas a todos sus efectos.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO - DANIEL HUGO MARTINS\r\n " 
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