APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2009




Promulgación: 21/10/2008
Publicación: 30/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1788
Referencias a toda la norma

Artículo 23

 La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 24 de la Ley Nº 15.903 de 10 de noviembre de 1987. Las primas
por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se
ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para la Base de
Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.
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