Asignaciones Familiares. El pago se regirá por las siguientes normas:
para la Asignación Familiar de acuerdo a las disposiciones del Poder
Ejecutivo 531/984 del 29 de noviembre de 1984, para las Primas por
Matrimonio y Nacimiento de acuerdo a las ley 15.767 del 13 de setiembre de
1985, para la Prima por Hogar Constituido, de acuerdo a lo dispuesto por
el Decreto Ley 15.728 de 8 de febrero de 1985 y la ley 15.748 de 14 de
junio de 1985.