{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "512" 
  ,"anioNorma" : 1989 
  ,"nombreNorma" : "INCREMENTO DE APORTES PATRONALES AL BANCO DE PREVISION SOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1989/11/27/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/11/1989" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/11/1989" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1989 
  ,"pagina" : 634 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 16.061 de 18/09/1989 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/16061-1989/5\" >5</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "  Visto: lo  dispuesto por el artículo 5º de la ley 16.061 de 18 de\r\nsetiembre de 1989.\r\n\r\n Resultante: que por la citada disposición se incrementan los recursos del\r\nBanco de Previsión Social.\r\n\r\n Considerando: que resulta necesario establecer la forma y condiciones de\r\npercepción de los mencionados recursos.\r\n\r\n Atento: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n El Presidente de la República,\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/512-1989/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Dispónese que el incremento de los aportes patronales establecido por la\r\nnorma que se reglamenta será de aplicación para todos los contribuyentes\r\npúblicos y privados al Banco de Previsión Social.\r\n  Dicho incremento regirá a partir del 1º de octubre de 1989.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/512-1989/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - LUIS BREZZO - RICARDO ZERBINO CAVAJANI\r\n " 
 }