VITIVINICULTURA




Promulgación: 10/08/1988
Publicación: 30/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1988
  •    Página: 295

Artículo 9

  El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca designará un delegado
alterno ante el Consejo de Administración del Instituto Nacional de
Vitivinicultura, quien ejercerá automáticamente el cargo en ausencia de su
titular.
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