REGLAMENTACION DEL REGIMEN DE ABASTECIMIENTO DE LECHE PASTERIZADA




Promulgación: 15/11/1984
Publicación: 20/12/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1096
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.640 Derogada/o de 04/10/1984.
Ley Nº 18.242 de 27/12/2007 artículo 46.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DE LA JUNTA NACIONAL DE LA LECHE

Artículo 2

   SEPLACODI convocará oportunamente a las Intendencias Municipales del
Interior, para designar el correspondiente miembro de la Junta Nacional de
la Leche. SEPLACODI establecerá, luego de las consultas correspondientes,
las instituciones con personería jurídica habilitadas para designar
delegados de acuerdo con el apartado g) del artículo 12 de la ley que se
reglamenta y las convocará con ese fin cuando corresponda.
Referencias al artículo
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