{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "51" 
  ,"anioNorma" : 2006 
  ,"nombreNorma" : "OTORGAMIENTO DE CREDITO AL PROYECTO \"COOPERACION ADUANERA UE-MERCOSUR\". TRIBUTOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2006/03/08/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/03/2006" 
  ,"fechaPublicacion" : "08/03/2006" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2006 
  ,"pagina" : 396 
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  ,"vistos" : "    VISTO: el convenio suscrito entre los países miembros del Mercado Común\r\ndel Sur - MERCOSUR y la Comunidad Europea por el cual este organismo\r\nhabrá de financiar el proyecto de \"Cooperación Aduanera UE-MERCOSUR.\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que la coordinación del proyecto será responsabilidad \r\nde la Dirección Nacional de Aduanas, según Acuerdo de Delegación de fecha 26 de noviembre de 2004.\r\n\r\n   II) que la ejecución del proyecto estará a cargo de una Entidad \r\nGestora constituida en la Dirección Nacional de Aduanas.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el artículo 70 del Título 10 del Texto Ordenado\r\n1996, acuerda a los organismos estatales que no sean contribuyentes del\r\nImpuesto al Valor Agregado un crédito por dicho impuesto incluido en las\r\nadquisiciones, destinadas a la ejecución de proyectos financiados por\r\nOrganismos Internacionales.\r\n\r\n   II) que igual tratamiento corresponde aplicar en el caso del impuesto de Contribución al financiamiento de Seguridad Social, en mérito a la\r\nremisión que la normativa vigente prevé para este tributo.\r\n\r\n   III) que el proyecto será ejecutado por la Entidad Gestora constituida en la Dirección Nacional de Aduanas.\r\n\r\n   IV) que es intención del Poder Ejecutivo facilitar el cumplimiento de los objetivos de este proyecto de cooperación que redundará en un avance en el proceso de integración que lleva adelante el MERCOSUR.\r\n\r\n   V) que es necesario establecer las condiciones por las que el crédito\r\nreferido en el considerando I) deberá hacerse efectivo.\r\n\r\n   ATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/51-2006/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Otórgase un crédito al Proyecto \"COOPERACION ADUANERA UE-MERCOSUR\"-\r\nEntidad Gestora-Dirección Nacional de Aduanas (convenio\r\nALR7B7-3110/IB/1999/0112), por el Impuesto a Valor Agregado y de\r\nContribución al Financiamiento de la Seguridad Social, incluido en las\r\nadquisiciones de bienes y servicios que se realicen en la ejecución del\r\nreferido proyecto.\r\n   Los referidos créditos serán efectivos a través de certificados de\r\ncrédito en la forma que determine la Dirección General Impositiva.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/51-2006/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc..-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI\r\n " 
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