MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE RIVERA. EJERCICIO 1984




Promulgación: 08/02/1985
Publicación: 30/04/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 705
Visto: la gestión de la Administración Municipal de Rivera por la cual
se propone una Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1984.

Considerando: I) Que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión ha dado su aprobación a lo proyectado;

II) Que el Tribunal de Cuentas ha emitido su dictamen señalando que: a)
En cuanto a los montos proyectados para conceder una Prima por Dedicación
Total deberá tenerse en cuenta lo dispuesto por el artículo 5º. del
Decreto Constitucional Nº. 3 en lo relativo a la compatibilidad
Administrativa Municipal y Gubernativa Nacional, por lo que se deberá
atener a lo dispuesto por el artículo 3º. de la ley 15.167, en lo
relativo a la derogación del régimen de compensación por Dedicación
Total; y b) En cuanto a la Prima por Eficiencia debe ajustarse a los
requisitos que establece el artículo 4º. de la ley 15.167, por los mismos
fundamentos;

III) Que el presupuesto se encuentra equilibrado en ingresos y egresos;

IV) Que se procedió de acuerdo al artículo 5º del Decreto Constitucional
Nº 3.

Atento: a lo expuesto  y a lo informado por la  Asesoría
Económico-Financiera del Ministerio  de  Economía  y Finanzas,

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la Modificación Presupuestal propuesta para el Ejercicio 1984
por la Administración Municipal de Rivera (Intendencia y Junta de
Vecinos), cuyos montos quedan fijados en N$ 277:300.000 (nuevos pesos
doscientos setenta y siete millones trescientos mil).Los mismos
presentarán la siguiente composición:

I. Egresos (en miles de nuevos pesos)

Vigente        Proyectado

Funcionamiento

Retribuciones personales                     31.203       47.784
Beneficios y cargas sociales                  8.395        9.757
Gastos                                       46.998       99.454

Subtotal                                     86.596      156.995

Inversiones                                  92.747      117.652
Transferencias                                1.484        1.554
Junta de Vecinos                                834        1.099

Total                                       181.661      277.300

II. Ingresos (en miles de nuevos pesos)


A. De origen departamental

I. Impuestos

Cont.  Inmob. rural                          6.200        6.900
Cont. Inmob.  Urbana v suburbana             5.650        7.600
Terrenos baldíos                             2.865        3.050
Remates y ventas                            10.000       20.580
Patentes de rodados                          9.000       12.000
Otros                                          200          200

2. Tasas

General municipal                                6.000        6.000
Timbres y sellados                               3.000        5.000
Conservación pavimento                             400          400
Bromatología                                       400          500
Empadronamiento vehículos                          500          300
Otros                                            4.832        5.046
3. Precios                                      44.074       81.346
4. Contribución por mejoras                     6.100         6.100
5. Multas y recargos                             6.000        7.000

Subtotal                                       105.221       162.122

B. De origen nacional

Ley 14.189                                          95            95
Rentas generales                                 63.922       44.022
Gob.  Nac.  Plan Latorre                          2.753       47.230
Otros                                             4.129          800
C. Endeudamiento                                  5.541       13.000
D. Ingresos extraordinarios                                   10.031

Total                                          181.661       277.300

Artículo 2

   De no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse gastos a
efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3

   La Administración Municipal de Rivera no podrá conceder primas por
dedicación total.

Artículo 4

  La Administración Municipal de Rivera deberá ajustarse a los requisitos
que establece el artículo 4º. de la ley 15.167, a los efectos de la "Prima
por eficiencia".

Artículo 5

    Comuniquese, etc

ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - JULIO CESAR RAPELA
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