FIJACION DE PRECIOS FICTOS Y TRIBUTOS EN BEBIDAS Y CIGARRILLOS PARA EL CALCULO DEL IMESI. SEMESTRE ENERO/JUNIO 1997




Promulgación: 30/12/1996
Publicación: 31/12/1996
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1311
  Visto: Lo dispuesto por el Título 11, artículo 8º, del Texto Ordenado
1996 y artículos 23 y 29 del Decreto Nº 96/990 de 21 de febrero de 1990;

  Considerando: Que corresponde fijar precios fictos y tasas para bebidas
gravadas, tabacos, cigarrillos y cigarros, a efectos de la liquidación
del Impuesto Específico Interno (IMESI);

  Atento: A lo expuesto;

                   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse los siguientes precios fictos, tasas e impuestos por litro,
para la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava las 
bebidas de origen nacional y extranjero para el semestre enero - junio de
1997: (*)

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 14/02/1997.
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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