{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "506" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE PROYECTO DE INVERSION \"CONSTRUCCION DE 16 VIVIENDAS MALDONADO\" DEL PROGRAMA SEGURIDAD SOCIAL MILITAR \r\n\r\n\r\n\r\n\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1998/07/02/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/12/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/07/1998" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 2000 
  } 
  ,"vistos" : "   VISTO: la gestión del Ministerio de Defensa Nacional solicitando la\r\naprobación de una enmienda referente a la formulación del Presupuesto del\r\nPrograma 007 \"Seguridad Social Militar\" Unidad Ejecutora 034 \"Dirección\r\nGeneral de los Servicios\".-\r\n\r\n  RESULTANDO: I) que con fecha 3 de diciembre de 1993, se firmó un\r\nconvenio entre el Ministerio de Defensa Nacional y el Banco Hipotecario\r\ndel Uruguay para la construcción de dieciséis viviendas categoría II en el\r\ndepartamento de Maldonado.-\r\n\r\n              II) que por Resolución del Ministerio de Economía y Finanzas\r\nNº 785/993, de 2 de agosto de 1993, el Comando General de la Armada\r\naporta UR 27.373 (Unidades Reajustables veintisiete mil trescientos\r\nsetenta y tres), para la construcción de la referidas viviendas.-\r\n\r\n              III) que la ejecución del mencionado proyecto se ha\r\nrealizado mediante transferencias del Banco Hipotecario del Uruguay y del\r\nComando General de la Armada a la cuenta abierta en el referido Banco Nº\r\n 3772/9 a nombre del Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas.-\r\n\r\n              IV) que la División Auditorías de la Contaduría General de\r\nla Nación, al no existir proyecto de inversión en el presente ejercicio,\r\nha procedido al bloqueo de dicha cuenta.-\r\n\r\n              V) que la corrección consiste en habilitar el Proyecto de\r\nInversión 954 \"Construcción de dieciséis Viviendas Maldonado\", por la suma\r\nde $ 2:500.000,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos mil), cuya\r\nfinanciación será 2.5 \"Proventos y otros Ingresos - Fondos Especiales\", al\r\nhaberse omitido la misma en la formulación del Proyecto.-\r\n\r\n  CONSIDERANDO: lo dispuesto por el artículo 4º de la Ley Nº 16.736, de 5\r\nde enero de 1996.-\r\n\r\n  ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la\r\nContaduría General de la Nación.-\r\n\r\n                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/506-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : " Apruébase para el ejercicio 1997 en el Inciso 03 \"Ministerio de Defensa\r\nNacional\" Programa 007 \"Seguridad Social Militar\" Unidad Ejecutora 034\r\n\"Dirección General de Servicios\", el Proyecto de Inversión 954\r\n\"Construcción de dieciséis Viviendas Maldonado\", en la suma de $\r\n2:500.000,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos mil), con la\r\nfinanciación 2.5 \"Proventos y otros Ingresos - Fondos Especiales\".-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/506-1997/2" 
 ,"textoArticulo" : " Dese cuenta a la Asamblea General.-\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/506-1997/3" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese y pase a sus efectos al Ministerio de Defensa Nacional.-\r\n " 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - LUIS MOSCA\r\n " 
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