Visto: que por decreto del Poder Ejecutivo 21/970 de fecha 15 de enero de
1970 se exoneró del pago de las tasas consulares en los visados de
admisión temporaria en los pasaportes expedidos por el Gobierno del
Commonwealth de Australia.
Considerando: que de acuerdo a la nueva reestructura de las tasas
consulares y su recaudación dentro de un marco económico apropiado se hace
aconsejable la eliminación de la gratuidad a toda prestación de servicio
que genere erogaciones estatales.
Atento: a lo informado por la Dirección de Asuntos Consulares,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Déjase sin efecto el decreto del Poder Ejecutivo 21/970 de fecha 15 de
enero de 1970, por el cual se establecía la gratuidad del visado de
carácter temporario en los pasaportes expedidos por el Gobierno del
Commonwealth de Australia.
SANGUINETTI - LUIS BARRIOS TASSANO - FLAVIO BUSCASSO - JOSE VILLAR GOMEZ