{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "506" 
  ,"anioNorma" : 1972 
  ,"nombreNorma" : "COMISION HONORARIA DEL AZUCAR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1972/07/27/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/07/1972" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/07/1972" 
  , "vistos" : " Desígnase delegado del Poder Ejecutivo para la Comisión Honoraria del\r\nAzúcar y desígnanse los restantes integrantes representantes de los Ministerios de Industria y Comercio, Ganadería y Agricultura, Economía y\r\nFinanzas y del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU). Derógase\r\nel artículo 4º del Decreto Nº 64/969 de 3 de febrero de 1969 disponiendo \r\nque el Departamento de Costos sea transferido a la Comisión Honoraria del Azúcar y modifícase el artículo 5º del Decreto Nº 64/969 de 3 de febrero \r\nde 1969. " 
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