FUNCIONARIOS POLICIALES. DERECHO DE DESTINO ADECUADO AL GRADO




Promulgación: 12/12/2005
Publicación: 19/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1352
VISTO: el Decreto Nº 503/997 del 17 de diciembre de 1997 relativo al
derecho de destino adecuado a cada grado, que posee el personal
policial.

RESULTANDO: Que por el referido acto reglamentario se establecieron
criterios rectores que permitieran identificar los destinos que fueren
adecuados a cada grado, en aplicación del derecho previsto en el art. 31
lit. B) de la Ley Orgánica Policial, de una manera precisa y a la vez
flexible, acorde a las cambiantes necesidades que tiene la función
policial.

CONSIDERANDO: 1) Lo antes expresado, corresponde ampliar el espectro de
destinos que, tal como se señala precedentemente, son cambiantes y nacen
en función a las necesidades del servicio.

2) En tal sentido, corresponde prever otros destinos y cargos que han
nacido por las necesidades antes expresadas y que desde hace varios años
se desempeñan sin estar contempladas en la reglamentación referida.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Amplíase el Artículo 4º del Decreto Nº 503/997 del 17 de diciembre de
1997 referente, entre otros, a los destinos y cargos que podrán
desempeñar los Inspectores Mayores del Subescalafón Ejecutivo,
estableciéndose que también comprenderá el de Ayudante del Sr. Ministro
del Interior, del Sr. Subsecretario y del Sr. Director General de
Secretaría.

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ
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