APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2009




Promulgación: 21/10/2008
Publicación: 29/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1711

Artículo 14

 De acuerdo con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 18.168 de 12
de agosto de 2007, el Banco podrá transformar en contratos de función
pública aquellos contratos a término que hubiesen cumplido dos años a
partir de la contratación inicial, siempre que la evaluación funcional así
lo justifique. A estos efectos, se exceptúa de lo dispuesto por el Literal
b) del artículo 37º, las Trasposiciones que se realicen del Objeto 031
"Fondo Contrataciones Ley 17.556", al Subgrupo 02 "Retribuciones
Personales Contratados Funciones Permanentes".
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