{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "503" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "APLICACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA RESTRICCION DE USO DE DETERMINADOS ADITIVOS ALIMENTARIOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/12/09/15" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/12/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/12/2005" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 1318 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la resolución Nº 15/05 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;\r\n\r\nRESULTANDO: que por la misma se aprobó el documento denominado\r\n\"REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA RESTRICCION DE USO DE DETERMINADOS\r\nADITIVOS ALIMENTARIOS\";\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de\r\nAsunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de\r\nOuro Preto - aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º de setiembre de 1995,\r\nestablece que los Estados Parte se comprometen a adoptar todas las\r\nmedidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el\r\ncumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes\r\nprevistos en el artículo 2º del referido Protocolo;\r\n\r\nII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública Oriental del Uruguay en el Protocolo mencionado, poniendo en\r\nvigencia en el derecho positivo nacional las normas emanadas del Grupo\r\nMercado Común referidas en el VISTO;\r\n\r\nIII) lo informado por la División Jurídico-Notarial y la Dirección\r\nGeneral de la Salud del Ministerio de Salud Pública;\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por el artículo 1º y siguientes de la Ley No.\r\n9202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y\r\nconcordantes;\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-2005/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Declárase aplicable en el derecho interno, el documento denominado\r\n\"REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA RESTRICCION DE USO DE DETERMINADOS\r\nADITIVOS ALIMENTARIOS\", aprobado por la resolución Nº 15/05 del Grupo\r\nMercado Común del MERCOSUR, que se anexa y forma parte integral del\r\npresente Decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/503-2005/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-2005/2" 
 ,"textoArticulo" : "  El presente Decreto tendrá vigencia a partir de su publicación en el\r\nDiario Oficial.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-2005/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese a la Secretaría Administrativa del Grupo Mercado Común del\r\nMERCOSUR. Publíquese.\r\n\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - REINALDO GARGANO - JORGE LEPRA\r\n\r\n " 
 }