ACTUALIZACION DE MONTOS DE MULTAS DE INFRACCIONES TRIBUTARIAS. CONTRAVENCION E INSTIGACION PUBLICA A NO PAGAR TRIBUTOS. 1997




Promulgación: 24/12/1996
Publicación: 31/12/1996
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 1296
  Visto: lo dispuesto por el artículo 99º del Código Tributario.

  Resultando: que corresponde actualizar los montos establecidos en los
artículos 95º y 98º del citado Código.

  Considerando: que por el Decreto Nº 453/995 de 22 de diciembre de 1995
fueron establecidas las sanciones aplicables para el año 1996.

  Atento: a lo expuesto,

                  El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse en $ 30,00 (pesos uruguayos treinta) y $ 1.340,00 (pesos
uruguayos un mil trescientos cuarenta) las multas mínimas y máximas
previstas por los artículos 95º y 98º del Código Tributario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para el año 1997.
Referencias al artículo

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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