{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "503" 
  ,"anioNorma" : 1979 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE PROCEDIMIENTOS DE CONTRALOR DE TUTORES Y CURADORES PARA SALVAGUARDAR LOS DERECHOS DE MENORES E INCAPACES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1979/09/24/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/09/1979" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/09/1979" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1979 
  ,"pagina" : 562 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la necesidad de salvaguardar en los trámites, derechos de menores e incapaces.\r\n\r\n  Considerando: I) Que en los últimos tiempos y en la coyuntura actual de\r\nnuestros días, el Ministerio de Justicia ha detectado la existencia de\r\ntrámites de tutela y curatela que presentan zonas grises e incluso\r\nequívocas que pueden y deben despejarse, en ejercicio de las funciones\r\ninstitucionales del Poder Ejecutivo que por pertenecer nítidamente a la\r\npolicía del trámite, no colinden con la soberanía de la función\r\njurisdiccional (Acto institucional 8: artículos 7.o inciso 2.o y 44);\r\n\r\n  II) Que ha sido precisamente en los trámites de algunos procedimientos de tutela y de curatela donde se ha llegado a advertir que los inventarios\r\nestimativos de los menores e incapaces se colman con la denuncia de\r\ncertificados de acciones de Sociedades Anónimas, que tienen domicilio\r\nfuera de la República y cuyos detalles estatutarios, capital, etc., suelen\r\nsoslayarse. Esto es, que por la vía oblicua de estas Sociedades Anónimas,\r\nse pueden evadir del control del Juez y del Fiscal cuantiosísimas partes\r\ndel patrimonio de menores e incapaces;\r\n\r\n  III) Que se impone entonces en el trámite un inventario prolijo de esta\r\nsituación societaria; del mismo modo, el Ministerio Público debe extremar\r\nsu celo -dentro de su connatural independencia- para considerar la actitud\r\ndudosa o equívoca de los tutores y curadores. Idéntico criterio soberano\r\nde apreciación tienen los Jueces, quienes -de todos modos- a los efectos\r\nde una ceñida policía del trámite informarán al Ministerio de Justicia\r\nacerca de las irregularidades comprobadas o denunciadas en los\r\nprocedimientos respectivos.\r\n\r\n  Atento: a lo que dispone el artículo 7.o, inciso 2.o del acto institucional 8 y el artículo 168, inciso 4.o de la Constitución de la República,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/1" 
 ,"textoArticulo" : "   En todos los supuestos en que fuere discernido el cargo de tutor o el de\r\ncurador el Juzgado interviniente extremará las medidas destinadas a que\r\nluego del nombramiento, los inventarios estimativos que hubieran de\r\npracticarse, sean el fiel reflejo del patrimonio del menor o del incapaz\r\nsometido a tutela o a curatela. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/503-1979/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Toda vez que fueren inventariados certificados de acciones de Sociedades\r\nAnónimas, resultará indispensable, a los efectos indicados en el artículo\r\nanterior precisar:\r\n\r\na)   Cuándo y dónde se publicaron los estatutos sociales;\r\nb)   Quiénes fueron los fundadores y desde la formación hasta la facción\r\n     del inventario los Directores titulares y suplentes;\r\nc)   Detalle de los bienes de toda índole que componen su activo;\r\nd)   Determinación de deudores y acreedores.\r\n\r\n Asimismo el tutor o el curador entregarán a la Sede Judicial los libros\r\nde Actas de Directorio, y los contables para su examen cuando fuere del\r\ncaso, porque el Juzgado, el Ministerio Público o la parte legítimamente\r\ninteresada así lo requieran.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/3" 
 ,"textoArticulo" : "   El Ministerio Público, en su función legal de vigilancia y corrección de\r\nabusos y malas prácticas en los trámites, dentro de su independencia\r\ntécnica, habrá de observar con el máximo celo todo comportamiento de los\r\ncuradores o tutores, eventualmente dudoso o equívoco, en su gestión de\r\ndefensa de los bienes del menor o incapaz, con su gravitación sobre la\r\npermanencia en el cargo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/4" 
 ,"textoArticulo" : "   El incumplimiento por parte de tutores o curadores, de las reglas de\r\npolicía de trámite, que edicta este decreto en salvaguarda de los derechos\r\npatrimoniales de menores e incapaces, será objeto de apreciación y\r\nresolución privativo de los jueces, los que -en todo caso- estarán a lo\r\nque dispone el artículo 5.o de este acto administrativo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Los señores jueces actuantes informarán directamente al Ministerio de Justicia (Dirección de Servicios Jurisdiccionales) acerca de las irregularidades comprobadas o denunciadas en los trámites de tutelas y curatelas, así como de las medidas tomadas en virtud de ello.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/6" 
 ,"textoArticulo" : "   Las presentes reglas de policía de trámite, se aplicarán a los\r\nprocedimientos en curso a la fecha de publicación de este decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1979/7" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA " 
 }