{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "503" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "INGRESO TEMPORARIO AL PAIS DE CIUDADANOS GRENADINOS SIN VISA. OBTENCION DE LA RESIDENCIA LEGAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/07/03/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/06/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/07/1975" 
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  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 1444 
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  ,"vistos" : "                            AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n\r\nVisto: el decreto 130/975 de 19 de febrero de 1975, que establece la\r\nfranquicia de ingreso temporario sin visa para los ciudadanos de Grenada.\r\n\r\nConsiderando: I) Que por las facilidades acordadas debe permitirse, además\r\na los grenadinos gozar de un régimen similar al otorgado a súbditos de\r\notros países, cuya entrada se autoriza sin visa;\r\n\r\nII) Que el aludido régimen, permite gestionar a los ingresados en admisión\r\ntemporaria sin visa, la transformación de categoría a residente legal,\r\npreceptuada por los artículos 79º y siguientes del decreto de 28 de\r\nfebrero de 1947.\r\n\r\nAtento: a lo informado por la Dirección Nacional de Migración sobre las\r\nposibilidades de igualar regímenes y de acuerdo a lo establecido en el\r\nartículo 1º del decreto 632/970 de 9 de diciembre de 1970,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Los ciudadanos grenadinos, que ingresaren en admisión temporaria sin visa,\r\nal amparo del decreto 130/975 de 19 de febrero de 1975, podrán optar por\r\nla formación de su categoría a residente legal, en la forma legislada por\r\nlos artículos 79º y siguientes del decreto de 28 de febrero de 1947.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " Deróganse los artículos 3º y 5º del decreto 130/975 de 19 de febrero de\r\n1975.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/503-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO\r\n " 
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