TABLA DE SUELDOS FICTOS PARA PERSONAL EMBARCADO DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL




Promulgación: 28/08/1978
Publicación: 08/09/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 441
Referencias a toda la norma

Artículo 2

  Declárase que los fictos así establecidos incluyen: sueldos, manutención, extras, días feriados, así como toda otra retribución graciable u obligatoria, percibida por el personal navegante y estén referidos a un mes de trabajo, o sea, que el jornal diario resultará de su división por 25.
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