{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "5" 
  ,"anioNorma" : 1977 
  ,"nombreNorma" : "OTORGAMIENTO DE FACILIDADES ADUANERAS DEL DECRETO 593/974, A LAS OBRAS DE INTERCONEXION DE LOS SISTEMAS ELECTRICOS ENTRE PAYSANDU (URUGUAY) Y CONCEPCION DEL URUGUAY (ARGENTINA)" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1977/01/13/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/01/1977" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/01/1977" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1977 
  ,"pagina" : 46 
  } 
  ,"vistos" : " Visto: estos antecedentes en los que la Administración Nacional de Usinas\r\ny Trasmisiones Eléctricas, solicita aprobación de un decreto sobre\r\nfacilidades aduaneras para la admisión y exportación temporaria de las\r\nherramientas, maquinarias, equipos accesorios, planteles de construcción,\r\nvehículos en general, aparatos de medición y prueba y todo otro elemento\r\nque se utilice por las empresas contratistas y subcontratistas de las\r\nObras de Interconexión de los sistemas eléctricos de transporte de energía\r\na realizarse entre las ciudades de Paysandú (República Oriental del\r\nUruguay) y Concepción del Uruguay (República Argentina).\r\n\r\nConsiderando: que ya existe una disposición similar, decreto 593/974 de 25\r\nde julio de 1974, que autoriza a las empresas contratistas y\r\nsubcontratistas y proveedoras del Proyecto de Salto Grande, a realizar las\r\nmismas operaciones que las solicitadas en estos obrados por ANTEL, por lo\r\nque puede, por extensión, declarárseles comprendidas en sus disposiciones\r\na las firmas que tomen intervención en las Obras de Interconexión\r\nreferidas, con lo que quedaría contemplado el petitorio formulado.\r\n\r\nAtento: a lo informado por el Ministerio de Industria y Energía y las\r\nAsesorías Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/5-1977/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Declárase aplicable a las empresas contratistas, subcontratistas y\r\nproveedoras de las Obras de Interconexión de los sistemas eléctricos entre\r\nlas ciudades de Concepción del Uruguay (República Argentina) y Paysandú\r\n(República Oriental del Uruguay) las disposiciones del decreto 593/974 de\r\n25 de julio de 1974.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/5-1977/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - ALEJANDRO ROVIRA - EDUARDO SAMPSON - LUIS H.\r\nMEYER " 
 }