{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "499" 
  ,"anioNorma" : 1983 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. NOVIEMBRE 1983. DICIEMBRE 1983" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1984/01/02/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/12/1983" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/01/1984" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1983 
  ,"pagina" : 1367 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos\r\nprevistos por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974.\r\n\r\n  Resultando: I) Que el artículo 14 de la citada ley 14.219, según\r\nredacción dada por el artículo 1 de la ley 15.154, de 14 de julio de 1981,\r\ndispone que a los efectos de dicha ley se aplican:\r\n\r\na) La Unidad Reajustable (U. R.) prevista en el artículo 38 inciso 2 de la\r\nley 13.728, de 17 de diciembre de 1968;\r\nb) La Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) definida en el propio texto\r\nlegal modificativo; y\r\nc) Indice de los Precios del Consumo elaborado por la Dirección General\r\nde Estadística y Censos;\r\n\r\nII) Que el artículo 15 de la ley 14.219 según redacción dada por el\r\nartículo 1 de la ley 15.154, dispone que el coeficiente de reajuste por\r\nel que se multiplicarán los precios de los arrendamientos para los\r\nperíodos de doce meses anteriores al vencimiento del plazo contractual o\r\nlegal correspondiente, ser el que corresponda a la variación menor\r\nproducida en el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) o el\r\nIndice de los Precios del Consumo en el referido término;\r\n\r\nIII) Que el artículo 15 Precedentemente referido, dispone que el valor de\r\nla Unidad Reajustable (U.R.), de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.)\r\ny del Indice de los Precios del Consumo serán publicados por el Poder\r\nEjecutivo en el \"Diario Oficial\" conjuntamente con el coeficiente de\r\nreajuste a aplicar sobre los precios de los arrendamientos.\r\n\r\n  Atento: a los informes remitidos por el Banco Hipotecario del Uruguay,\r\nsobre la variación del Indice Medio de Salarios, y por la Dirección\r\nGeneral de Estadística y Censos sobre el Indice de los precios del Consumo\r\ny a lo dictaminado por las Asesorías Económico-Financiera, Jurídica, en\r\nPolítica de Vivienda y Arrendamientos y la División Técnico Financiera del\r\nMinisterio de Economía y Finanzas y la Contaduría General de la Nación,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes\r\nde noviembre de 1983, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley\r\n14.219, de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 182,10 (nuevos\r\npesos ciento ochenta y dos con 10/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R) precedentemente\r\nestablecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,\r\nfíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de\r\nnoviembre de 1983 en N$ 176,08 (nuevos pesos ciento setenta y seis con\r\n08/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo\r\nasciende en el mes de noviembre de 1983 a 9.629,72 (nueve mil seiscientos\r\nveintinueve con 72/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/4" 
 ,"textoArticulo" : "    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 14.219,\r\nsegún redacción dada por el artículo 1 de la ley 15.154, la determinación\r\nde los alquileres que se actualizan en el mes de diciembre de 1983, se\r\nefectuar multiplicando el último alquiler por el coeficiente 1,2343.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/499-1983/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
 }